El Consejo de Estado le ordenó al Partido Liberal que, en máximo un mes, deje de aplicar los estatutos que suscribió mediante la Resolución 2895 del 2011 y que fueron aprobados por la Asamblea Liberal Constituyente en diciembre de ese año, por considerar que no fueron expedidos por el órgano competente para hacerlo ni se respetó el procedimiento exigido.
La Sección Tercera, con ponencia de la magistrada Stella Conto Díaz del Castillo, le ordenó al Partido Liberal que se rija por los estatutos que estaban vigentes a la entrada en vigencia de la ley que dictó las reglas de organización de los partidos (Ley 1475 del 2011) y los ajuste a esta normativa, para lo cual deberá conformar un comité que garantice el principio de participación democrática.
La decisión se adoptó en un fallo de acción popular en el cual se amparó el derecho a la moralidad administrativa, vulnerado por la Dirección Nacional del Partido Liberal y por el Consejo Nacional Electoral (CNE), teniendo en cuenta que en los nuevos estatutos se incluyeron modificaciones como facultar al director del Partido para que sustituyera o alterara unilateralmente su estructura interna, y esto fue avalado y registrado por el CNE.
Así, dentro de las modificaciones hechas por la nueva facultad del director, se permitió excluir a los simpatizantes, afectar el derecho de participación de las bases sociales en la organización del partido, desconocer el principio de equidad e igualdad de género, en cuanto excluyó a las mujeres de la organización, de los órganos de dirección y administración y demás mecanismos internos de participación, discriminar a las minorías, limitar los mecanismos internos de control y protección de los derechos de los asociados, limitar el derecho a disentir y sustituir al órgano competente para modificar los estatutos.
La Dirección Nacional, en los nuevos estatutos, se atribuyó facultades para determinar los candidatos que deben ser apoyados por quienes se desempeñen en cargos de dirección, gobierno, administración o control dentro del partido o aspiren a ser elegidos en cargos o corporaciones de elección popular, decidir todo lo relativo a los sectores sociales, presidir la Comisión Política Central y el Consejo Directivo de Instituto de Pensamiento Liberal y elegir al Auditor Nacional, entre otros.