Por Mauricio Botero Caicedo
Los derechos por su propia esencia necesariamente implican responsabilidades. No siempre se reconoce esta correspondencia. Por ejemplo, la Constitución del ’91 – tan venerada por unos como la cúspide de la creatividad nacional – siendo una plétora inagotable de derechos, es huérfana de obligaciones.
En el caso concreto de los impuestos, el ‘contrato social’ entre los gobernantes y los gobernados le otorga al Estado, ya sea en forma directa o por medio de los municipios, el derecho a recaudar impuestos. El predial es para los municipios el principal impuesto que les permita la Constitución cobrar. Pero a su vez el recaudo de este tributo implica obligaciones para los municipios: los fondos se tienen que utilizar en bienes y servicios que beneficien a todos los habitantes de la ciudad.
Resulta, sin embargo, que el impuesto predial de Bogotá adolece de dos falencias: la primera es el aumento desmedido de dicho cobro; y segundo la abierta incompetencia de las autoridades capitalinas de ejecutar el presupuesto municipal que justifica dicho cobro.
En relación al primer punto, y basado en las innumerables protestas ciudadanas, todo parece indicar que los aumentos anuales en el cobros son desmedidos y no guardan ninguna relación con la capacidad de pago de los contribuyentes. Porque lo no puede ser es que año tras año el cobro del predial aumente por encima del treinta por ciento mientras que la economía crece en promedio un cuatro por ciento.
Pero la parte más grave es que parte importante de los recursos que pagamos los contribuyentes bogotanos NO se gasta, ya sea por indolencia, negligencia, pereza, o simple y abierta incompetencia. El analista urbano, Eduardo Behrentz, en un reciente artículo en El Tiempo afirma: “Los bajos niveles de ejecución presupuestal de Bogotá se volvieron tan normales y frecuentes que dejaron de ser noticia. Si bien no se trata de corrupción, la falta de inversión en un contexto de amplia disponibilidad de recursos también califica como uso indebido del tesoro público, con las consecuentes implicaciones legales. La Veeduría lleva varios años advirtiendo oportunamente acerca de las complejas consecuencias del incumplimiento presupuestal en el Distrito, cuya ejecución es inferior al 70 por ciento en términos generales y menor que el 50 por ciento en el caso del sector movilidad. …Dada la baja ejecución de los últimos años, se cuenta actualmente con una reserva de más de 3 billones de pesos, cifra que alcanzaría para construir las troncales de TransMilenio de las avenidas Boyacá y 68. Adicionalmente, las obras que se han realizado se financian con la caja del Distrito, de tal forma que hemos desperdiciado el cupo de endeudamiento en más de un 98 por ciento. Si esto último era la intención, nos hubiéramos ahorrado el desgaste político asociado con la aprobación del cupo y evitado el peligroso antecedente fiscal que representa remplazar con dicho mecanismo al más técnico y apropiado cobro por valorización. Debido a la combinación de baja ejecución y la crónica ineficiencia del gasto público, la mayor riqueza no ha sido sinónimo de progreso ni de mejoras en nuestra calidad de vida.”
Y basado en las apreciaciones de Behrentz, el autor de esta nota considera injusto e inequitativo que mientras los contribuyentes hacen unos esfuerzos titánicos para pagar sus obligaciones tributarias, la ciudad lo que hace es dejar la plata en los bancos, plata que sirve exclusivamente para engrosar las utilidades de los banqueros. Considero que si un Municipio sólo ejecuta el 70 por ciento del presupuesto, entonces al año siguiente SOLO puede recaudar el 70 por ciento del impuesto que recaudaron el año anterior. ¡Es la forma de alinear los derechos de los contribuyentes con las obligaciones de quién recauda los impuestos¡
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