Este martes la Sección Segunda del Consejo de Estado ratificó la destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos por 11 años a la exdirectora del IDU, Liliana Pardo, por las irregularidades del ‘Carrusel de la Contratación.
De acuerdo con el alto tribunal, el recurso de Pardo no tenía fundamentos, ya que la exdirectora sí tuvo responsabilidad en este escándalo al no tomar acciones ni velar porque el entonces director técnico legal del IDU, Inocencio Meléndez, respetara la Ley.
Se probó que “los contratos de prestación de servicios cuestionados se celebraron sin tener en cuenta las directrices y honorarios establecidos en el plan de contratación de la entidad quedando demostrado que el Director Técnico Legal excedió y abuso de la delegación, sin que la actora en su calidad de Directora General de la entidad ejerciera ningún tipo de vigilancia y control, omisión que al quedar evidenciada no requiere de prueba adicional”.
La exdirectora argumentaba que se había presentado una falla en su proceso puesto que en la decisión de primera instancia se le sancionó por una falta gravísima por omisión en grado de dolo y en la segunda se cambió la calificación de la misma, concluyendo que no se le violó el debido proceso como aseguraba.
El Consejo de Estado aclaró que a pesar de que en el fallo disciplinario de la Procuraduría General se cambió la culpabilidad de Pardo de dolosa a gravísima, no se le vulneró el debido proceso ni el derecho a la defensa de la exdirectora.
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