Nacional Salud

Minsalud tiene tres meses para reglamentar unidades de atención de cáncer infantil

cancer infantilAsí lo determinó el Consejo de Estado al confirmar una sentencia del Tribunal Administrativo de Caldas que resolvió una acción de cumplimiento interpuesta por un particular para que dicho Ministerio regulara algunos artículos de la Ley 1388 de 2010 que estableció medidas de atención para los niños con cáncer en Colombia.

La Sección Quinta, con ponencia de la magistrada Susana Buitrago Valencia, señaló que las pruebas dentro del proceso no demuestran que a la fecha el Ministerio de Salud ya hubiese reglamentado los criterios para la conformación de la Red de Unidades de Atención de Cáncer Infantil del país, disposición que se encuentra contemplada en el artículo 11 de la Ley 1388 de 2010.

“Si bien el Ministerio reglamentó la Red de Prestación de Servicios Oncológicos, dicha red se encamina a la prestación del servicio para la atención del cáncer en adultos, circunstancia que no permite tener por acatada la disposición del artículo 11 de la Ley 1388 de 2010 que, se reitera, se encamina a reglamentar todo aquello con la atención del cáncer en menores”, indica la sentencia.

La Sala explicó que, aunque el Ministerio de Salud sostuvo que mediante la Resolución 1419 de 2013 procedió a reglamentar lo relativo a la Red de Unidades de Atención de Cáncer Infantil, se observa que en el citado acto administrativo lo que reglamentó fue el artículo 13 de la Ley 1384 de 2010, conocida como la Ley Sandra Ceballos, la cual establece acciones para el control integral del cáncer en la población colombiana adulta.