Personalizar preferencias de consentimiento

Utilizamos cookies para ayudarte a navegar de manera eficiente y realizar ciertas funciones. Encontrarás información detallada sobre todas las cookies en cada categoría de consentimiento a continuación.

Las cookies que se clasifican como "Necesarias" se almacenan en tu navegador, ya que son esenciales para habilitar las funcionalidades básicas del sitio.... 

Always Active

Necessary cookies are required to enable the basic features of this site, such as providing secure log-in or adjusting your consent preferences. These cookies do not store any personally identifiable data.

No cookies to display.

Functional cookies help perform certain functionalities like sharing the content of the website on social media platforms, collecting feedback, and other third-party features.

No cookies to display.

Analytical cookies are used to understand how visitors interact with the website. These cookies help provide information on metrics such as the number of visitors, bounce rate, traffic source, etc.

No cookies to display.

Performance cookies are used to understand and analyze the key performance indexes of the website which helps in delivering a better user experience for the visitors.

No cookies to display.

Advertisement cookies are used to provide visitors with customized advertisements based on the pages you visited previously and to analyze the effectiveness of the ad campaigns.

No cookies to display.

Política

Alto tribunal rechazó insistencia para estudiar tutela contra condena a Andrés Felipe Arias

andres felipe arias

Este jueves la Sala Plena de la Corte Constitucional rechazó el recurso de insistencia presentado por el procurador General, Alejandro Ordóñe para revisar la tutela que busca anular la sentencia de 17 años de prisión emitida por la Sala Penal contra el exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, por el caso de Agro Ingreso Seguro.

De acuerdo con el alto tribunal, el recurso no cumple con los requisitos puesto que el exjefe de la cartera de Desarrollo Rural no cuenta con un impedimento para presentar esta acción, señalando que la misma fue presentada por su suegro.

En el recurso de insistencia se argumentaba que se había presentado una vulneración al debido proceso y el derecho a la defensa en el proceso penal, ya que en el fallo no se valoraron las pruebas en contra del exministro por los delitos de interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación a favor de terceros.

El procurador general, Alejandro Ordoñez, resaltaba que la Corte seleccionara para revisión este caso en razón a la relevancia constitucional de definir expresamente las situaciones en las que procede la agencia oficiosa para la acción de tutela.

Para Ordoñez, aunque la jurisprudencia de la Corte Constitucional cuenta con numerosas decisiones sobre la agencia oficiosa, aún no se ha referido a su procedencia cuando el titular de los derechos invocados se encuentra fuera del país.

De igual forma, considera que aunque se trata de un proceso penal que ya fue fallado por el juez competente, justamente lo que se solicita revisar con la acción de tutela es si se respetó el derecho fundamental al debido proceso.

La tutela fue admitida y decidida de fondo en primera instancia por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, que decidió no amparar los derechos invocados, argumentando que el agente oficioso no se encontraba legitimado para procurar la defensa del exministro Arias y su familia por el solo hecho de que ellos estuviesen domiciliados en el exterior, y que la esposa e hijos del exministro no eran parte del proceso penal, por lo que no podían considerarse afectados directamente por la providencia de la Sala de Casación Penal de esa corporación.

Los comentarios están cerrados.