Este martes se aprobó en la comisión primera del senado un artículo en la reforma al Código de Policía, donde plantea que la Policía puede detener a cualquier ciudadano que presente una “alteración de la conciencia”.
Según lo aprobado, quedará bajo discrecionalidad de la Policía decidir el traslado cuando considere que una persona está “bajo alteración de la conciencia” o “cuando presente comportamientos agresivos o temerarios, realice actividades peligrosas o de riesgo que pongan en peligro su vida o integridad o la de terceros”.
De acuerdo con el senador Armando Benedetti Villaneda, un policía podrá determinar cuándo hay grado de alteración para trasladar a una persona a un centro de asistencia.
“Los argumentos que dan algunos congresistas para retener a alguien por ‘presumir’ alteración, dan para prohibir muchas más cosas (…) si el Estado rehabilita, más personas querrán hacerlo, pero si se estigmatiza, nadie querrá pedir ayuda”, explicó el senador Benedetti.
Para el senador Alexander López Maya, este artículo viola los derechos fundamentales, lo cual es muy grave.
Sin embargo, la senadora Viviane Morales Hoyos dijo que “la Policía necesita que la figura de traslado por protección quede plasmada en el Código como intervención preventiva e inmediata”.
“Este instrumento es para proteger los derechos e integridad de las personas en un estado de indefensión y de plena inconsciencia”, añadió.
Este artículo ahora deberá pasar a plenaria del Senado a segundo debate. Luego deberá ser aprobado en dos debates más en la Cámara de Representantes.