No se vende: Consejo de Estado rechazó recurso de súplica interpuesto para la venta de Isagén
El Tribunal Supremo de lo Contencioso Administrativo rechazó en la últimas horas el recurso de súplica presentado por el Ministerio de Minas y Energía en contra de las medidas cautelares emitidas por el Consejo de Estado, con la que se buscaba reactivar la venta del activo mayoritario del Gobierno en la empresa de energía Isagén. Para el Conejo de Estado dicha acción judicial resultó improcedente al no cumplir con los requisitos para su sustentación.
La Sección Cuarta, con ponencia de la magistrada Martha Teresa Briceño de Valencia, explicó que el recurso de súplica, según lo establecido por la ley, debe pretender controvertir la decisión del magistrado ponente y en este caso no se cumple dicho requisito. Por el contrario, el demandante pretende adicionar pruebas, “lo cual resulta a todas luces extemporáneo en esta etapa procesal, pues las oportunidades para pedir pruebas en el proceso contencioso administrativo son las previstas en el artículo 212 de la Ley 1437 del 2011”.
Aunque el demandante afirma que es un hecho sobreviniente, teniendo en cuenta que el reglamento fue publicado en marzo de este año, y la demanda se interpuso en octubre del 2013, la Sala es clara al señalar que el plazo de los siete años siguientes a la fecha de cierre de la venta no fue establecida el 3 de marzo de 2015 en la modificación del reglamento, porque estaba instituida desde el 25 de noviembre de 2013, fecha en que se expidió el Reglamento de la Segunda Etapa.
Señala la decisión que “si el demandante quería controvertir la legalidad de dicha regla, contaba con la oportunidad procesal de reforma de la demanda para añadir este “nuevo argumento”, teniendo en cuenta que su demanda fue finalmente admitida el 28 de agosto de 2014”. Por tanto, existen reglas claras del procedimiento contencioso administrativo para salvaguardar el derecho de defensa de las partes.
La acción civil se presentó ante la decisión del Tribunal Supremo de lo Contencioso Administrativo el pasado 14 de mayo que profirió medidas cautelares consistentes en la suspensión temporal de la subasta y demás actos relativos con la enajenación de las acciones que la Nación tiene en Isagén S.A. E.S.P, uno de los activos más queridos por los colombianos.
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