Fiscalía demandará el Código Penal para proteger los derechos de comunidad LGBTI
Este viernes el fiscal general de la nación, Eduardo Montealegre, informó que radicó ante la Corte Constitucional una demanda en contra de varias normas del Código Penal con el fin de proteger los derechos de los miembros de la comunidad LGBTI.
Según el fiscal Montealegre, la demanda pretende que “la Corte Constitucional extienda la protección a personas que son víctimas en razón de su identidad de género”.
“El objetivo es aumentar la protección a los transexuales, travestis, transformistas, ya que la Fiscalía considera que existe un déficit de protección y que es un acto discriminatorio del Código Penal que no se haya incluido esta categoría”, afirmó el fiscal Montealegre.
De acuerdo con el Fiscal, el Código no incluyen la noción de “identidad de género” como una circunstancia de mayor punibilidad ni como un elemento normativo para la realización de actos de discriminación u hostigamiento.
A lo anterior, la Fiscalía agregó: “Así está contemplado en el artículo 58 del código penal, que establece que la circunstancia de mayor punibilidad será que esta se encuentre inspirada en móviles de intolerancia y discriminación referidos a raza, etnia, ideología, religión, creencias, sexo u orientación sexual”.
“Cuando el móvil fundamental para la comisión de un delito es la orientación sexual de una persona, constituye una agravación punitiva”, manifestó Montealegre.
El fiscal explicó que si la violencia se funda en la identidad de género de la víctima, se veían limitados por cuanto el Código Penal solo reconoce la orientación sexual, categoría que incluye a personas bisexuales, lesbianas y gay, pero que también desconoce las lógicas de la violencia, ocurridas en razón de la identidad de género.
“Particularmente no estarían incluidos los casos de las personas transgénero, que construyen su identidad por fuera de las concepciones clásicas de masculinidad y feminidad (personas transexuales, travestis, transformistas, etc.)”, puntualizó el ente de control.
Por último, la Fiscalía aclaró que la identidad de género y la orientación sexual son dos categorías que hacen referencia a aspectos diferentes.
“La primera, se refiere a la forma en que las personas sienten el género y cómo lo expresan, por ejemplo, en su forma de vestir y de hablar, mientras que la segunda se refiere a la atracción afectivo-erótica hacia otra persona”, explicó la entidad.