La Corte Constitucional falló la tutela a favor de la madre del estudiante Sergio Urrego Reyes, el estudiante que se suicidó arrojándose de la terraza de un centro comercial en Bogotá debido a la presión de las directivas de su colegio por su orientación sexual.
El alto tribunal le ordena al Ministerio de Educación modificar los manuales de convivencia de los colegios para garantizar la intimidad y el libre desarrollo de la orientación sexual de los menores.
Además, le concedió al joven el grado póstumo de bachiller, el cual le fue negado por decisión de la rectora, decisión que fue cuestionada por el estudiantado y los familiares del joven de 16 años.
La Corte no tuvo en cuenta el concepto del procurador Alejandro Ordóñez que pedía prohibir el exceso de expresiones de afecto, como besos y abrazos, entre los estudiantes en los colegios.
La madre del estudiante interpuso una tutela contra la Secretaría de Educación de Cundinamarca argumentando que en su caso se vulneraron los derechos fundamentales a la dignidad, la educación, la igualdad, la no discriminación, el libre desarrollo de la personalidad, la intimidad y el debido proceso, la justicia, la reparación y el buen nombre.
De acuerdo con la Fiscalía, el estudiante Urrego era blanco de señalamientos, recriminaciones y saboteos académicos por sostener una relación homosexual con uno de sus compañeros de colegio.
La Fiscalía General le imputó los delitos de discriminación, falsa denuncia y ocultamiento de pruebas agravado a la exrectora del centro educativo, Amanda Azucena Castillo Cortes; la psicóloga del colegio Ibonn Andrea Cheque Acosta y la veedora de la institución, Rosalía Ramírez Rodríguez.
Por último, el alto tribunal ordenó la celebración de un acto de perdón público a las directivas del colegio y y la construcción de un monumento a su memoria.