A través de un comunicado, el Distrito aclaró que de acuerdo con los convenios interadministrativos suscritos entre el Instituto de Desarrollo Urbano IDU y la Secretaría de Movilidad para el uso de algunos inmuebles por parte de la Secretaría, como predios por donde iría el trazado de la Avenida Longitudinal de Occidente –ALO- se usaran de manera temporal.
Según un comunicado emitido por la administración de la Bogotá Humana los convenios se suscribieron bajo criterios de temporalidad y atendiendo la naturaleza jurídica de la Secretaría de Movilidad y el entendido que la vocación técnica y legal de los predios objeto de los convenios no será variada, sin perjuicio de su utilización alternativa para los fines institucionales debidamente justificados por la Secretaría dentro del ámbito de su competencia funcional.
Consultados los soportes técnicos y jurídicos de los actos, el Distrito pudo constatar que los convenios cuentan con el debido amparo jurídico, particularmente por tratarse de entidades públicas cuyas actividades misionales resultan afines a ambas instituciones.
Por virtud de las anteriores consideraciones, el Distrito corrobora que en desarrollo de la política Distrital de movilidad, la utilización temporal de los predios para la construcción de la Avenida Longitudinal de Occidente (ALO) por parte de la Secretaría de Movilidad, no contraviene la Constitución Política ni la Ley, dada la naturaleza jurídica de las entidades.
Finalmente, se precisa que los predios han sido entregados en calidad de préstamo a la Secretaría Distrital de Movilidad, quien en uso de su competencia institucional los aplicará a los fines que estimen conducentes en materia de movilidad y serán devueltos a petición del IDU en las mismas condiciones que fueron entregados.