El candidato por el Partido Liberal, Rafael Pardo aclaró que no se encuentra inhabilitado para aspirar a la Alcaldía de Bogotá, y asegura, además, que el pasado 22 abril, el Consejo Nacional Electoral avaló su aspiración a ocupar el segundo cargo más importante en el país. Dice que dicha acción judicial es una estrategia para dañar su campaña, por lo que considera “un refrito” los argumentos expuestos en la demanda.
Pardo argumenta que “el concepto del magistrado Héctor Helí Rojas Jiménez, de acuerdo con la legislación los candidatos que ocuparon el cargo de alcaldes en encargo no son objeto de la restricción que fue expuesta por el veedor William Marmolejo, quien asegura que Pardo no podría participar de estos comicios porque se desempeñó como Alcalde encargado de Bogotá entre marzo y abril de 2014, cuando Gustavo Petro fue sancionado por el procurador Alejandro Ordóñez”.
En un comunicado el aspirante señala que dicho concepto “lleva las firmas de Emiliano Rivera Bravo, Presidente del Consejo Nacional Electoral, del vicepresidente, Felipe Garcia Echeverri, y de Héctor Helí Rojas, magistrado ponente”.
El candidato Rafael Pardo calificó la noticia como un refrito que busca hacer daño a su campaña:
“Se trata de un refrito porque una demanda así ya había sido presentada ante el Consejo Electoral, que la archivó porque no tenía base ni fundamento. Lo que pasa es que alguna campaña, habilidosamente, llevó el caso a la Procuraduría, que no es competente y lo manda por carta al Consejo Electoral.
Reseña además en su comunicado que: “Allá ya fue archivado y por lo tanto es un refrito que busca efectos electorales. Como no encuentran casos de corrupción o ineficiencia en mi persona, inventan este tipo de cosas que no tiene base ninguna. Todo es por interés político. Son fuegos artificiales porque no pueden acusarme de nada. Es parte de la campaña”.
Por su designación como alcalde encargado de Bogotá hecha por el presidente de la República en marzo de 2014 a raíz de la destitución e inhabilidad de Gustavo Petro en la época de los hechos, el procurador delegado para asuntos electorales presentó ante el Consejo Nacional Electoral –CNE una denuncia contra el candidato a la Alcaldía de Bogotá por el Partido Liberal, Rafael Pardo por una posible inhabilidad.
El procurador delegado, vicepresidente de la Comisión Nacional de Asuntos Electorales, César Duarte, trasladó a la presidencia del Consejo Nacional Electoral quien estaría incurso en causal de incompatibilidad.
La denuncia señala que existe una normatividad vigente frente al hecho que los alcaldes, y quienes lo remplacen en su cargo, no pueden inscribirse en un plazo de 24 meses en una contienda electoral.
El denunciante, el veedor William Marmolejo, indica que “Pardo estaría incurriendo en una incompatibilidad ya que fue designado en marzo de 2014 como alcalde encargado de Bogotá y hay una norma que indica que los alcaldes, y quienes los reemplacen en el cargo, no podrán inscribirse, dentro de los próximos 24 meses, como candidatos a cualquier cargo de elección popular durante el periodo para el cual fue elegido -Art 38 de la ley 617 de 2000-“.
En este sentido se cita el artículo 38 de la ley 617 de 2000 en la cual se explica el plazo restrictivo para presentare a cargos de elección popular. Igualmente se pone de presente todo el trámite para la designación de Pardo como alcalde encargado tras la destitución de Gustavo Petro por parte de la Procuraduría.
Así mismo, se pone de presente el caso de la elección de Ferney Lozano como alcalde de Yumbo. Se cita que el Consejo de Estado anuló su elección porque fue designado como alcalde encargado del citado municipio por el Gobernador del Valle del Cauca.
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