El Copresidente del Partido de la U, Roy Barreras, radicó hoy el proyecto de ley estatutaria que regula el plebiscito por la paz. Esta es una de las dos iniciativas necesarias para implementar los acuerdos de paz.
“Con esta norma se facilitará a los colombianos a asistir masivamente a las urnas y se reglamentarán los mecanismos para que el presidente de la República convoque el plebiscito que blindará los acuerdos de paz y significará la garantía jurídica y política para los colombianos y para los negociadores de La Habana”, señaló Barreras.
Este proyecto de ley contiene dos artículos. El primero donde se explica que el primer mandatario -con la firma de todos los Ministros-, podrá someter a consideración del pueblo, políticas, disposiciones y temas necesarios, para la implementación de un Acuerdo Final para la terminación del conflicto armado. Y el segundo, donde se explica claramente las reglas en el procedimiento de convocatoria y votación, entre las que se encuentran:
– El Congreso podrá pronunciarse en un término máximo de quince días. Un pronunciamiento negativo requerirá mayoría absoluta de los miembros de la respectiva Cámara. Si dentro de los quince días siguientes a la fecha en la que el Presidente de la República informe su decisión de realizar el Plebiscito por la paz, ninguna de las dos Cámaras haya manifestado su rechazo, el Presidente podrá convocarlo.
– Todos los ciudadanos que conforman el censo electoral deberán participar del Plebiscito por la Paz.
– La Registraduría habilitará puestos de votación cercanos a universidades y lugares de amplia afluencia laboral.
– La votación se realizará durante tres días hábiles y un fin de semana.
– Los asuntos sometidos a consideración del pueblo se votarán en forma conjunta.
– El pueblo decidirá en plebiscito por la mayoría de los votantes.
Durante la radicación el Copresidente de la U, Ror Barreras, también explicó que “este plebiscito tendrá un carácter vinculante e interpretativo, lo que será garantía absoluta de que los acuerdos de paz tengan la solidez y la irreversibilidad necesarias para garantizar a las víctimas y a todos los colombianos su derecho a la no repetición del conflicto colombiano”.
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