Este viernes el juez primero de ejecución de penas de Bogotá ordenó la libertad inmediata para el exdirector del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), Andrés Camargo Ardila, condenado por las irregularidades en los contratos para las losas de la primera fase de TransMilenio.
Para el juzgado, la sentencia proferida contra el exfuncionario “ha perdido fuerza y ejecutoria” tras la decisión de la Sala Plena de la Corte Constitucional que le ordenó a la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia que revise el recurso presentado por la defensa de Camargo Ardila.
Se espera que en las próximas horas el exfuncionario recupere su libertad tras dos años de estar recluido en el Centro de Estudios de la Policía (Cespo).
Por ahora, el proceso, por competencia, será estudiado por el magistrado Eugenio Fernández Carrier quien deberá establecer si existen méritos o no para dejar en firme la condena de cinco años proferido por el Tribunal Superior de Bogotá.
Cabe mencionar que Camargo Ardila fue sentenciado por presuntamente omitir sus funciones de control en la celebración de contratos del relleno fluido provocando un detrimento patrimonial en el Distrito puesto que dichas losas tuvieron que ser remplazadas en un corto periodo de tiempo.
En la ponencia, el magistrado Pretelt Chaljub manifestaba que no se hizo una valoración de las pruebas presentadas por el abogado Ricardo Calvete en el proceso penal en el cual su defendido fue sentenciado por el delito de incumplimiento de los requisitos legales por las falencias en la ejecución de dicho contrato.
“La Sala de Revisión nota que el tribunal no realizó una mínima contrastación entre las conclusiones del juez de primera instancia y los medios de prueba alegados por Camargo en el recurso de apelación. Así, se considera que en realidad no hubo un contraste serio. Ahora bien, las decisiones del proceso penal generan dudas en cuanto a la imputación de la conducta de celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales, en cabeza del señor Camargo Ardila como director del IDU, en la medida en que no hay claridad sobre el alcance de sus funciones”, indicó el magistrado Pretelt Chaljub.