Judicial

Consejo de Estado condena a la Nación por ejecución extrajudicial de un joven en Antioquia

Militares

Este miércoles la Sección Tercera del Consejo de Estado condenó al Ejército Nacional por la ejecución extrajudicial de un joven en el marco de un operativo antiextorsión en noviembre de 2002 en Medellín (Antioquia).

En el proceso se demostró que se trató de una ejecución extrajudicial por parte del entonces director del Gaula en Antioquia, Carlos Mauricio Rojas.

El alto tribunal determinó que el joven fue atacado en estado de indefensión por parte de los agentes del Gaula con conocimiento directo de su director el entonces capitán Hernando Garzón Rey que comandaba el operativo.

De acuerdo con el informe de balística, el disparo que recibió la víctima tenía una trayectoria de atrás hacia adelante, lo que refleja la situación de indefensión de la misma y, por ende, constituyó un uso desproporcionado de la fuerza.

“Si bien el operativo militar se desarrolló en cumplimiento de un deber legal, ni la ejecución ni el uso de la fuerza letal pueden entenderse como el cumplimiento de ese deber, ni tampoco como una reacción de legítima defensa; en consecuencia, es posible afirmar que se usó la fuerza de manera arbitraria y desproporcionada, sin que obre otro medio conducente y razonable de prueba en el plenario que permita erigir una hipótesis diferente”, sostiene el fallo.

En el fallo se determinó que los ataques a personas en estado de indefensión durante operativos militares no guardan un vínculo “próximo y directo” con el servicio, e implica una violación al Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Por tanto, tales situaciones no pueden estar cubiertas por una jurisdicción de excepción, como es la jurisdicción penal militar.