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Farc exigen no extradición y curules en Congreso, Asambleas y Concejos hasta por 2 periodos

FARC -DIALOGOS CUBA–Los cabecillas del equipo negociador de las Farc demandaron “protección constitucional frente a la extradición” y recabaron en sus exigencias en torno a la participación activa en la política colombiana, dentro de las cuales incluyen la asignación directa de curules en el Congreso de la República durante al menos dos periodos, así como en asambleas departamentales y concejos municipios en lugares de comprobada presencia e influencia por iguales periodos.

Las precisiones las hacen en un comunicado que expidieron este sábado en La Habana, que titulan “normalización de la vida nacional y transformación de las Farc en movimiento político” y en el cual plantean, además, “una solución confiable en lo que concierne al tema de “Justicia especial para la paz”, que atendiendo los derechos de las víctimas del conflicto, sea consecuente con el reconocimiento de la rebelión y sus conexidades en el sentido más amplio”.

Así mismo, piden que se les “garantice la protección constitucional frente a la extradición de cualquier integrante de la organización”.

Los negociadores de las Farc afirman que “lo acordado para la reincorporación de las Farc en lo político, lo económico y lo social hará parte integral del “Plan Nacional para el fin del conflicto, la reconciliación nacional y la construcción de la paz estable y duradera”.

Dentro de lo que llaman diez propuestas mínimas para garantizar el fin del conflicto, la reconciliación nacional y la construcción de la paz estable y duradera, detallan unos “propósitos esenciales”, así:

1. En primer lugar, la participación activa en la política abierta a través del movimiento político que se conformará para tal efecto para promover la democracia verdadera, directa, comunitaria y autogestionaria, con plenos derechos para todos y cada uno de sus integrantes, incluida la asignación directa de curules en el Congreso de la República durante al menos dos períodos, así como en Asambleas Departamentales y Concejos Municipales en lugares de comprobada presencia e influencia por iguales períodos.

2. En segundo lugar, desarrollar economías del común, de carácter asociativo y comunitario, en los diferentes campos del proceso económico y articuladas entre sí con el objetivo de contribuir a la reconstrucción de la base productiva del país y al mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo y al buen vivir de los pobres y desposeídos.

3. En tercer lugar, promover y apoyar procesos organizativos sociales y con fundamento en el reconocimiento pleno de los derechos económicos y sociales, especialmente al trabajo digno, la salud y la seguridad social, la vivienda, de todos y cada uno de sus integrantes. Es condición necesaria del proceso de normalización de la vida nacional y transformación de las Farc en organización abierta, una solución confiable en lo que concierne al tema de “Justicia especial para la paz”, que atendiendo los derechos de las víctimas del conflicto, sea consecuente con el reconocimiento de la rebelión y sus conexidades en el sentido más amplio, se fundamente en los principios de la justicia restaurativa, prospectiva y transformadora, y se haga extensiva a las prisioneras y prisioneros políticos y de guerra condenados o con procesos en trámite. Así mismo, que garantice la protección constitucional frente a la extradición de cualquier integrante de la organización. Lo acordado para la reincorporación de las Farc en lo político, lo económico y lo social hará parte integral del “Plan Nacional para el fin del conflicto, la reconciliación nacional y la construcción de la paz estable y duradera”.

Agrega que para “alcanzar tales objetivos”, las Farc proponen diez iniciativas cuyos desarrollos presentarán al país en el curso del nuevo ciclo de conversaciones sen La Habana y que básicamente se centran en las siguientes temáticas:

1. Construcción de la paz estable y duradera como proceso de normalización social;

2. Transformación integral colectiva e individual, nacional y territorial de las Farc como parte del proceso de normalización social;

3. Condiciones para la transformación de las Farc en movimiento político abierto;

4. Condiciones para la normalización referidas a economía de las Farc;

5. Condiciones para la normalización que permitan reconstruir y producir las nuevas relaciones sociales y culturales, fundamentadas en la generación de condiciones para el pleno ejercicio de los derechos políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales por parte de las Farc;

6. Definición de una Jurisdicción especial de justicia como garantía del proceso de normalización integral;

7. Protección constitucional frente a la extradición;

8. Normalización integral como contribución a la reparación, las garantías de no repetición y la reconciliación nacional;

9. Definición de acuerdos de normalización como capítulo especial del Plan Nacional Para la Paz y

10. Carácter excepcional, extraordinario y transitorio de la normalización social e integral e indisolubilidad frente a los demás componentes del punto 3 “Fin del conflicto”.