Personalizar preferencias de consentimiento

Utilizamos cookies para ayudarte a navegar de manera eficiente y realizar ciertas funciones. Encontrarás información detallada sobre todas las cookies en cada categoría de consentimiento a continuación.

Las cookies que se clasifican como "Necesarias" se almacenan en tu navegador, ya que son esenciales para habilitar las funcionalidades básicas del sitio.... 

Always Active

Necessary cookies are required to enable the basic features of this site, such as providing secure log-in or adjusting your consent preferences. These cookies do not store any personally identifiable data.

No cookies to display.

Functional cookies help perform certain functionalities like sharing the content of the website on social media platforms, collecting feedback, and other third-party features.

No cookies to display.

Analytical cookies are used to understand how visitors interact with the website. These cookies help provide information on metrics such as the number of visitors, bounce rate, traffic source, etc.

No cookies to display.

Performance cookies are used to understand and analyze the key performance indexes of the website which helps in delivering a better user experience for the visitors.

No cookies to display.

Advertisement cookies are used to provide visitors with customized advertisements based on the pages you visited previously and to analyze the effectiveness of the ad campaigns.

No cookies to display.

Bogotá

Procuraduría sanciona a dos coroneles del Ejército por puente peatonal que colapsó en el Cantón Norte

PUENTE PEATONAL CANTON NORTE–La Procuraduría General de la Nación suspendió por el término de 90 días a los tenientes coroneles Segundo Raúl Huertas Ceballos y Luis Armando Hernández Montoya, por su responsabilidad disciplinaria en irregularidades de tipo contractual en el proyecto de construcción de un puente peatonal que colapsó en la carrera 11 con calle 103 de Bogotá el pasado 1 de febrero.

Comprobó el Ministerio Público que el coronel Huertas Ceballos, en su calidad de gerente de los proyectos 419 y 431 de 2013 (que dieron como resultado la suscripción de los contrato 1043 y 1044 del mismo año) para la elaboración de estudios, diseños y la construcción del referido puente peatonal en el Cantón Norte de la capital colombiana, desconoció el principio de planeación en los estudios previos en lo relativo al tiempo de duración de la obra.

En el caso del teniente coronel Hernández Montoya, director de Apoyo Administrativo de la Jefatura de Ingenieros Militares del Ejército Nacional para la época de los hechos, la Procuraduría comprobó el desconocimiento de los procedimientos que regulan la contratación estatal en lo relativo a no modificar el contrato de interventoría 1043 de 2013, en relación con la fecha de ejecución del mismo.

Dicho contrato no tuvo seguimiento entre los días 1 de enero y 2 de febrero de 2015, fecha en la que el puente peatonal colapsó sin que hubiera sido aún recibido a conformidad por la entidad contratante.

Según el fallo de primera, las faltas de los oficiales del Ejército Nacional fueron calificadas como gravísimas, a título de culpa.