Bogotá

A sanción del alcalde: Paseadores de perros, protocolo para cuidadores de discapacitados y uso de desfibriladores

concejo123En sesión plenaria, el Concejo de Bogotá, aprobó tres Proyectos de Acuerdo que ahora pasan a sanción del alcalde: el primero, establece el protocolo para cuidadores de personas en condición de discapacidad, el segundo; reglamenta la actividad de paseadores de perros y el tercero, establece el uso de desfibriladores en zonas estratégicas del Distrito.

Cuidadores para personas con discapacidad

En segundo y último debate el Concejo aprobó por unanimidad una iniciativa que tiene como propósito reconocer la labor que realizan las cuidadoras, cuidadores y familias de las personas con discapacidad, en el apoyo que realizan diariamente para mejorar la calidad de vida, la inclusión social, el goce de una vida digna, el ejercicio de los derechos de quienes padecen una limitación y el de que se respete los derechos fundamentales preceptuados en nuestra Carta Magna.

De acuerdo con su autora, la Concejal Jimena Toro del Partido de la U, en este Acuerdo, se entiende como personas cuidadoras las personas, que haciendo uso de sus habilidades, destrezas, tiempo, fuerza de trabajo y talento, facilita el acceso de la persona cuidada a las capacidades básicas humanas (vida, salud física, integridad física, sentidos, imaginación, juegos, entre otras) y promueve su participación en los diferentes entornos en los que se desenvuelve, posibilitando la toma de decisiones y las elecciones según sus habilidades.

El fin de esta iniciativa es que la Administración Distrital implemente un protocolo integral por los derechos a la protección y bienestar de los cuidadores y cuidadoras de personas con discapacidad en Bogotá.

“Así se puede ampliar el ejercicio de programas y proyectos de apoyo integral que desarrolla el Distrito, con el fin que estos no queden desprotegidos en la formulación de cada plan de desarrollo y no se disperse la actuación institucional en cuanto a los mecanismos de inclusión social que se desean para las personas con discapacidad desde la formulación del Decreto 470 de 2007 (Política Distrital de Discapacidad) y el CONPES 166 del 9 de diciembre de 2013”, explicó Jimena Toro.

Paseadores de Perros

El segundo Proyecto de Acuerdo aprobado con 31 votos a favor y uno en contra, busca implementar un protocolo de acciones que deberá tener en cuenta el Paseador de Perros para que pueda ejercer dicha actividad en el Distrito Capital.

Esta iniciativa es de autoría de los concejales Clara Lucia Sandoval, Miguel Uribe Turbay, Hosman Martínez, Diego García, Roberto Sáenz y Antonio Sanguino.

“Con la creciente demanda en la introducción de animales de compañía a los núcleos familiares de la ciudad, crece también la demanda de servicios informales que promuevan su tenencia. En Bogotá se ha venido evidenciando una modalidad de trabajo informal a la que se le ha denominado por muchos como paseadores de perros”, explicó la concejal Clara Lucia Sandoval.

La iniciativa determina que las condiciones establecidas en el protocolo deberán asegurar la salud de las personas y las condiciones de bienestar para los animales.

El paseador de perros surge como una necesidad del dueño del animal ya que en muchas ocasiones por la falta de tiempo el propietario no le puede ofrecer el paseo diario que necesita el animal. Esta labor reduce el trabajo de los propietarios de los animales de compañía que por diversas circunstancias no pueden sacarlos al parque promoviendo algo de ejercicio y esparcimiento al canino.

Actualmente, dijo, el Concejo se observa paseadores cuyo volumen de perros sobrepasan su capacidad física. Muchos llevan hasta quince perros por paseador, ofrecen servicios por tiempos muy prolongados (paseos de cuatro a seis horas al día), lo que obliga a los paseadores a mantener amarrados en los parques a los caninos la mayor parte del día. Cuando se sueltan es difícil tener el control para su manejo aumentando las probabilidades de pérdida de estos, ocasionando agresiones entre animales y la imposibilidad de recoger las heces de los caninos que pasea.

Por otra parte, dada a la falta de idoneidad y capacitación formal de las personas encargadas de esta actividad, reciben cualquier tipo de canino aumentando la problemática ya que cuando se reciben animales de diferente tamaño el ritmo de la marcha, la velocidad y el espacio lo determinan las razas grandes por lo que los perro pequeños deben correr más rápido, y pueden sufrir un mayor desgaste de sus pulpejos digitales y articulaciones.

Desfibriladores en puntos de alta afluencia de público

El tercer Acuerdo aprobado establece la obligatoriedad de la instalación, mantenimiento y uso de desfibriladores automáticos o semiautomáticos externos en las entidades públicas del Distrito y espacios donde exista alta afluencia de personas con el fin de prevenir muertes por infartos o paros cardiorespiratorios.

Esta iniciativa es autoría de los Concejales: Horacio José Serpa Moncada, partido Liberal Colombiano y Edward Aníbal Arias Rubio de la Alianza Verde.

Este Acuerdo tiene como objetivo establecer la obligatoriedad de la instalación, mantenimiento y uso de desfibriladores automáticos o semiautomáticos externos en las entidades públicas del distrito, bibliotecas públicas, parques Distritales, centros educativos distritales, universidades, estadios, coliseos, lugares para la realización masiva de actividades deportivas, terminales de transporte terrestre y aéreos, estaciones y portales de Transmilenio, y en general espacios donde exista alta afluencia de personas.

“Lo que buscamos es prevenir y reducir el número de muertes causadas por infarto o paro cardiorespiratorio, que por ser tratados en el lugar de la emergencia, con la tecnología adecuada y en forma oportuna, se reduzcan los índices de mortalidad y morbilidad en el Distrito”, advirtió el Concejal Horacio José Serpa Moncada.

De acuerdo con cifras de la Secretaria Distrital de Salud, en Bogotà, el diagnóstico de muertes más comunes es el infarto y el paro cardiorrespiratorio. El total de muertes por enfermedades crónicas (16.312), el infarto representa ser la causa del 16.1 por ciento y del total de muertes por todas las causas (189.903) el 1.3 por ciento.

“Estudios han dicho que el 80 por ciento de los casos de paro cardiorrespiratorio se debe a una Fibrilación Ventricular o una Taquicardia Ventricular, en la cual la sobrevida del paciente depende de una oportuna desfibrilación realizada con un DEA (Desfibrilador Externo Automático) o un cardio desfibrilador”, explicó el médico y Concejal de Bogotá, Edward Arias Rubio.

Arias afirmó que por cada minuto que el paciente se encuentre en paro sin recibir una adecuada reanimación cardiopulmonar (RCP) que incluya la cardiodesfibrilación, su esperanza de recuperación disminuye en un 10 por ciento por minutos.

Se calcula que más del 95 por ciento de las víctimas de paro cardiaco mueren antes de llegar al hospital. En las ciudades donde se administra la desfibrilación entre cinco y siete minutos, el índice de supervivencia por paro cardiaco súbito es de hasta 30 y 45 por ciento.