Esta es la Restricción de vehículos de carga para la temporada vacacional de Semana Santa 2016
El Ministerio de Transporte informó sobre la restricción a aplicar para los vehículos de carga será en las fechas y horas relacionadas, a propósito de la llegada de la Semana Santa, en donde muchos colombianos viajan por tierra a diferentes destinos.
DIAS DE APLICACIÓN Y VIAS A NIVEL PAIS
DÍA |
FECHA |
HORARIO |
VIERNES (Solo vehículos que salen de Bogotá) |
18 de marzo 2016 |
16:00 A 22:00 horas |
SÁBADO |
19 de marzo 2016 |
08:00 A 16:00 horas |
DOMINGO |
20 de marzo 2016 |
———————— |
LUNES |
21 de marzo 2016 día de san José |
13:00 A 22:00 horas |
MIERCOLES |
23 de marzo 2016 |
12:00 A 23:00 horas |
JUEVES |
24 de marzo 2016 |
06:00 A 11:00 horas |
SÁBADO |
26 de marzo 2016 |
12:00 A 22:00 horas |
DOMINGO |
27 de marzo 2016 |
10:00 A 01:00 horas |
Vías a restringir:
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NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.
NOTA 1: el viernes 18 de marzo de 2016, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.
NOTA 2: El Domingo 27 de marzo de 2016, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente se aplicará la restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial N° 7 (BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ) para los vehículos de carga que vengan en sentido IBAGUÉ – BOGOTÁ.
NOTA 3: el día 27 de marzo de 2016 la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, implementará reversible en la vía Guaduas – Villeta desde la Glorieta de la Morena Km 31 hasta el km 64+100 en el horario comprendido desde las 3 PM hasta las 5 PM, teniendo en cuenta el alto volumen de vehículos que retornarán en este tramo vial desde el eje cafetero, Antioquia y la costa atlántica por la culminación de la Semana Santa, facilitando la movilidad de los usuarios que ingresan hacia la ciudad de Bogotá.
Se recomienda a los viajeros que transiten por este corredor vial como vía alterna las siguientes:
- Calle 13 – Facatativá – Albán – Vianí – Cambao – Honda (para quienes se dirijan desde Bogotá hacia la costa atlántica y Antioquia)
- Calle 13 – Facatativá – Albán-Vianí-Cambao-Armero-Guayabal-Mariquita (para quienes viajen desde Bogotá hacia el departamento de Caldas)
- En estos dos tramos viales solo está permitido el tránsito de vehículos livianos de pasajeros y carga hasta de 3.5 toneladas.
NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.
NOTA 5: La restricción no aplica para los vehículos de carga que transportan carbón térmico desde el Departamento Norte de Santander hacia la Costa Atlántica.
NOTA 6: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.
NOTA 7: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, “Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones”.
NOTA 8: El Instituto Nacional de Vías – INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.
NOTA 9: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Puertos y Transporte, INVIAS y ANI. Los datos de contacto son: Teléfono: 320 303 9152 Correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.