
En el comunicado, la cartera de Transporte precisa que en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014, en su artículo 2 TEMPORADA VACACIONAL DE SEMANA SANTA, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, que la restricción a aplicar para los vehículos de carga será en las fechas y horas relacionadas a continuación:
FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES OBJETO DE LA RESTRICCIÓN VEHICULAR PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR A 3.4 TONELADAS
Miércoles 23 de marzo – 12:00 a 23:00 horas
Jueves 24 de marzo – 06:00 a 11:00 horas
Sábado 26 de marzo – 12:00 a 22:00 horas
Domingo 27 de marzo- 10:00 a 01:00 horas
Lunes 28 de marzo – 10:00 a 01:00 horas
Las siguiente son las vías en las cuales regirá la restricción:
1. Vía El Manzano – Pereira – Riosucio – Ye de Cerritos – Cartago.
2. Armenia – Montenegro – Quimbaya.
3. Barranquilla – Cartagena (Vía al Mar)
4. Barranquilla – Ye de Ciénaga.
5. Bogotá –Choachí.
6. Bogotá – Chía – Cajicá – Ubaté – Chiquinquirá – Barbosa – San Gil – Bucaramanga.
7. Bogotá – Fusagasugá – Melgar – Ibagué.
8. Bogotá – La Vega – Villeta – Honda y Corán – Guaduas.
9. Bogotá – Tunja.
10. Bogotá – Villavicencio – Acacías.
11. Bogotá – La Calera – Guasca – Guatavita.
12. Bogotá – Mosquera – Facatativá – Sasaima – Villeta.
13. Bosconia – Zambrano – Carmen de Bolívar – Cruz del Viso – Turbaco – Cartagena.
14. Bucaramanga – La Lizama.
15. Bucaramanga – San Alberto.
16. Bucaramanga – Pamplona – Cúcuta.
17. Cali – Popayán – Pasto.
18. Chía – Cota – Mosquera – La Mesa – Girardot.
19. Cúcuta – Ye de Astilleros.
20. Hatillo – Barbosa.
21. Honda – Doradal – Medellín.
22. Ibagué – Armenia – La Paila.
23. Ibagué – Honda.
24. Manizales – Mariquita – Armero.
25. Medellín – Santa Fe de Antioquia.
26. Ye El Hatillo (Barbosa) – Yarumal – Caucasia.
27. Medellín – Primavera – La Pintada – La Felisa – La Manuela.
28. Montería – Cereté – Lorica – Coveñas – Tolú – Tolú Viejo – Cruz del Viso (Bolívar)
29. Neiva – Espinal – Girardot.
30. Neiva – Garzón – Pitalito – Mocoa.
31. Pasto – Chachagüí.
32. Puerto Araujo – Puerto Boyacá.
33. Riohacha – Valledupar.
34. Santa Marta – Riohacha.
35. Ye de Ciénaga – Fundación – San Roque – Aguachica.
36. Sibaté – Alto de San Miguel – Fusagasugá.
37. Tunja – Chiquinquirá.
38. Tunja – Barbosa.
39. Tunja – Duitama.
40. Villavicencio – Puerto López.
41. Villavicencio – Cumaral.
NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.
-NOTA 2: El día domingo 27 de marzo de 2016, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente se aplicará la restricción con dos horas de anticipación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial N° 7 (BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ) para los vehículos de carga que vengan en sentido IBAGUÉ – BOGOTÁ.
NOTA 3: El día 27 de marzo de 2016 la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, implementará reversible en la vía Guaduas – Villeta desde la Glorieta de la Morena Km 31 hasta el Km 64+100 en el horario comprendido entre las 3 PM hasta las 5 PM, teniendo en cuenta el alto volumen que retornarán en este tramo vial desde el eje cafetero, Antioquia y la costa atlántica por la culminación de la Semana Santa, facilitando la movilidad de los usuarios que ingresan a la ciudad de Bogotá.
Se recomienda a los usuarios que transiten por este corredor vial como vías alternas las siguientes:
Calle 13 – Facatativá – Albán – Vianí – Cambao – Honda (para quienes se dirijan desde Bogotá a la costa atlántica y Antioquia)
Calle 13 – Facatativá – Albán – Vianí – Cambao – Armero –Guayabal – Maraquita (para quienes viajen desde Bogotá hacia el departamento de Caldas)
En estos dos tramos sólo está permitido el tránsito de vehículos livianos de pasajeros y carga hasta de 3.5 toneladas.
NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.
NOTA 5: La restricción no aplica para los vehículos de carga que transportan carbón térmico desde el Departamento de Norte de Santander hacia la Costa Atlántica.
NOTA 6: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito y fuerza mayor sobre la red vial nacional.
NOTA 7: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la resolución 2307 de 2014 “por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones”
NOTA 8: El Instituto Nacional de Vías – INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, y las CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizar obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.
NOTA 9: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, la Superintendencia de Puertos y Transporte, INVIAS y ANI. Los datos de contacto son: correo electrónico ditra.ciesp@policia.gov.co. Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.
De acuerdo a la Resolución 01736 del 16 de marzo de 2016, se levanta la medida de restricción vehicular para los días miércoles 23, jueves 24 y viernes 25 de marzo en la vía Loboguerrero – Mediacanoa desde el Km 64+0100 al Km 81+0500 en el Departamento del Valle.
Dicho levantamiento puede ser nuevamente revisado por el Gerente del Corredor Logístico creado en el Artículo Quinto de la Resolución N°4306 del 26 de junio de 2015. Una vez revisados solo se podrán modificar siempre y cuando se consulte y apruebe por el Comité de Seguimiento creado con el Artículo Tercero de la Resolución N° 4306 del 26 de junio de 2015.