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Procuraduría entregó a la directora del ICBF informe de la estrategia ‘Restaurando Vidas Construimos Futuro’

icbf

El pasado 20 de abril, la Procuraduría General de la Nación, a través de la delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia; hizo entrega a la directora general del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Cristina Plazas Michelsen, el informe sobre la estrategia “Restaurando Vidas Construimos Futuro”.

El reporte es el resultado de visitas especiales a la sede nacional y a las regionales de Bogotá, Cundinamarca y Antioquia ICBF, así como a instituciones privadas autorizadas para desarrollar el programa de adopción, las cuales se llevaron a cabo en los meses de julio y diciembre de 2015.

Dichas inspecciones se realizaron en el marco del seguimiento al informe de vigilancia en cumplimiento de la Sentencia T-844 del 8 de noviembre de 2011 y al informe sobre el programa de adopción de 3 diciembre de 2012.

Uno de sus objetivos era verificar los alcances de la reforma del artículo 56 de la Ley 1098 de 2006 (realizada por el artículo 217 del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un Nuevo País”), la cual estableció que se tiene como máximo cuatro meses más prórroga si es concedida, la duración de la actuación administrativa, para ubicar a los padres o parientes de los menores de edad.

También se trazó como meta conocer el balance e impacto que ha tenido la estrategia “Restaurando Vidas Construimos Futuro” en la consecución de familias a los niños y los adolescentes con características y necesidades especiales que se encuentran en lista de espera para ser adoptados.

Con ocasión de las visitas y las verificaciones, la Procuraduría planteó su preocupación por el trámite y el desconocimiento del factor de competencia territorial dentro de algunos procesos de adopción, realizados en distritos judiciales distintos al domicilio de la institución o persona autorizada por el ICBF para tener de manera temporal al niño o el adolescente, mientras se agota el procedimiento administrativo, lo que motivó inspecciones a los juzgados promiscuos de familia de La Mesa (Cundinamarca), Itagüi y Envigado (Antioquia), que dio lugar también a elevar una consulta al Consejo Superior de la Judicatura.

El informe contiene observaciones y recomendaciones puntuales para el ICBF, en particular para la sede nacional y las regionales Bogotá y Antioquia. De igual manera se envió una copia del informe a las procuradurías Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa, Distrital y Regional de Antioquia.

Entre las recomendaciones al ICBF, se destaca que en el diseño de una estrategia debe existir una adecuada planeación, de tal forma que se maximice su efectividad y conlleve al cumplimiento de los propósitos fijados, a efecto de evitar ligerezas e inconsistencias, tal como se demostró a través de las situaciones encontradas y que se pusieron de presente en el informe.

Como consecuencia de las visitas realizadas a los juzgados promiscuos de Familia, se hizo énfasis en la necesidad de que los jueces de Familia de todo el país den estricto cumplimiento al inciso primero del artículo 124 de la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia) norma de orden público, de carácter irrenunciable y de aplicación preferente que dicta que la demanda de adopción debe ir acompañada por el consentimiento de la misma, si es el caso.