La informalidad en Colombia está en 47.3%; el Dane afirma que es la tasa más baja desde 2007
–En el primer trimestre del año, enero -marzo, la proporción de colombianos que trabajan en la informalidad fue de 47.3 por ciento en las 13 ciudades y áreas metropolitanas, según reportó el DANE, el cual afirmó que es la tasa más baja registrada desde 2007 en el mismo periodo.
De las 23 ciudades y áreas metropolitanas del territorio colombiano, las que presentaron mayor proporción de informalidad fueron Cúcuta (70,1%), Sincelejo (67,3%) y Riohacha (65,1%).
Las ciudades que registraron la menor proporción de ocupados informales fueron: Medellín (40,4 %), Bogotá (41,6 %) y Manizales
(43,8 %), resalta el organismo estatal de las estadísticas.
El informe del DANE señala que entre enero y marzo de 2016, la proporción de ocupados informales en las 13 ciudades y áreas metropolitanas fue de 47,3 %. Para el mismo periodo de 2015 se ubicó en 48,3 %. Es la tasa más baja registrada desde 2007 para el primer trimestre.
La participación de la población ocupada se mide según el acceso al régimen de seguridad social en salud y cotización a pensión.
En el periodo enero-marzo de 2016, el 92,9 % de los ocupados en las 13 ciudades y áreas metropolitanas reportaron estar afiliados a la seguridad social en salud.
En el mismo trimestre de 2015 el reporte se ubicó en 92,0 %. La participación de los cotizantes afiliados a pensión fue de 49,6%, mientras que en 2015 se ubicó en 47,1 %.
El 57,3 % del total de la población ocupada entre enero y marzo de 2016 pertenecía al régimen contributivo o especial como aportante, mientras que en 2015 fue del 55,0 %. Los beneficiarios del régimen contributivo especial fueron el 12,2 %, en 2015 eran 12,6 % y la proporción de afiliados al régimen subsidiado fue de 22,7 %, mientras que en 2015 eran el 23,6 %.
LA INFORMALIDAD
Para entender este nivel estadístico, el DANE explica que los “ocupados informales”, son las personas que durante el período de referencia se
encontraban en una de las siguientes situaciones:
1. Los empleados particulares y los obreros que laboran en establecimientos, negocios o empresas que
ocupen hasta cinco personas en todas sus agencias y sucursales, incluyendo al patrono y/o socio;
2. Los trabajadores familiares sin remuneración en empresas de cinco trabajadores o menos;
3. Los trabajadores sin remuneración en empresas o negocios de otros hogares;
4. Los empleados domésticos en empresas de cinco trabajadores o menos;
5. Los jornaleros o peones en empresas de cinco trabajadores o menos;
6. Los trabajadores por cuenta propia que laboran en establecimientos hasta cinco personas, excepto los
independientes profesionales;
7. Los patrones o empleadores en empresas de cinco trabajadores o menos;
8. Se excluyen los obreros o empleados del gobierno.