Ante casos como el del bebé de 8 meses, que según las autoridades perdió la vida por el maltrato físico de sus padres recién capturados, el organismo de control exhortó a la denuncia y consideró que es necesario intervenir la órbita del hogar.
Ante casos como el ocurrido con un bebé de tan sólo 8 meses, presuntamente asesinado por sus propios padres en la localidad de Engativá (según han informado las autoridades, que ya reportaron la captura de los progenitores), y la muerte de una niña de 15 meses al caer al vacío en Cali por aparente descuido, la Defensoría del Pueblo consideró urgente superar la indiferencia social, estimular la denuncia y aplicar con rigor la legislación que permite trascender la órbita de la intimidad para salvaguardar los derechos de la población infantil.
Y es que los datos suministrados por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses para el período enero-abril de 2016, resultan tan reveladores como preocupantes de cara a esta realidad, pues de los 3.198 casos de maltrato a niños, niñas y adolescentes reportados por esa Entidad, más de 2.000 (equivalentes al 63 por ciento), apuntan al padre y a la madre como los principales agresores, seguidos por el padrastro con 307 registros y los hermanos con 177.
De acuerdo con las estadísticas, el segmento etario más afectado es el que se ubica entre los 10 y los 14 años con 1.065 situaciones de maltrato, seguido por el rango de los 5 a 9 años con 830 en total. Las regiones con mayor incidencia frente a este delicado fenómeno son la misma capital de la República con el 48 por ciento de los casos, seguida por la ciudad de Medellín con el 8,5 por ciento y Villavicencio con el 5,4 por ciento del acumulado.
La Defensoría del Pueblo recordó que el Código de Infancia y Adolescencia en sus artículos 84 y 106 define la ruta de intervención estatal en materia de allanamientos y rescates para conjurar situaciones de peligro cuando la urgencia lo demande, facultando a los defensores y comisarios de familia a proceder de inmediato con apoyo de la Fuerza Pública en los casos en que pueda estar comprometida la vida e integridad de los menores de edad; y de la misma forma, el Código Penal en sus artículos 131 y 407 establece sanciones que llegan incluso a la prisión por un período de 2 a 4 años, por omisión de socorro y omisión de denuncia, los cuales aplican a juicio de la Defensoría en estos escenarios en los que prevalecen los derechos de la población infantil.
Lo anterior, quiere decir que no se necesita un proceso penal de por medio cuando se trata de circunstancias apremiantes, y que es deber de todo ciudadano, vecino, familiar, conocido, cuidador, vigilante y demás, advertir y denunciar esta clase de atropellos, que como en el caso de Engativá pueden derivar en la muerte de niños, niñas y adolescentes. Por eso, la Defensoría del Pueblo replica una vez más su campaña de sensibilización #ConmuéveteColombia
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Descripción: Sobre violencia contra la infancia