La Sección Quinta del Consejo de Estado ratificó este viernes la decisión que anuló la elección de Oneida Pinto como gobernadora de La Guajira, proferida por esta Corporación Judicial el 7 de junio pasado.
De esta manera, el Consejo de Estado rechazó la solicitud de aclaración y nulidad que fue presentada por la defensa de Pinto, al ratificar que Oneida Pinto sí se encontraba inhabilitada para ser escogida como gobernadora del departamento de la Guajira.
Oneida Pinto violó la Ley 617 de 2000, según la cual, «quien resulte elegido alcalde no podrá inscribirse como candidato a cualquier cargo de elección popular mientras detente tal dignidad, ni tampoco dentro de los 12 meses siguientes», consideró el Consejo de Estado.
Hay que recordar que Pinto fue elegida como alcaldesa del municipio de Albania, en La Guajira, para el período 2012-2015 y ocupó dicho cargo hasta el 21 de julio de 2014, fecha en la que la renuncia le fue aceptada.
Pinto Pérez se inscribió el 25 de junio de 2015 como candidata a la Gobernación de La Guajira para las recientes elecciones de 2015.
La Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la elección de Oneida Pinto como gobernadora del Departamento de La Guajira para el periodo 2016 – 2019, el 7 de junio anterior.
El Consejo de Estado, acogió los argumentos presentados por el demandante quién dijo que la gobernadora violó la prohibición contenida en los artículos 38.7 y 39 de la Ley 617 de 2000, porque “quien resulte elegido alcalde no podrá inscribirse como candidato a cualquier cargo de elección popular mientras detente tal dignidad, ni tampoco dentro de los 12 meses siguientes”.