Personalizar preferencias de consentimiento

Utilizamos cookies para ayudarte a navegar de manera eficiente y realizar ciertas funciones. Encontrarás información detallada sobre todas las cookies en cada categoría de consentimiento a continuación.

Las cookies que se clasifican como "Necesarias" se almacenan en tu navegador, ya que son esenciales para habilitar las funcionalidades básicas del sitio.... 

Always Active

Necessary cookies are required to enable the basic features of this site, such as providing secure log-in or adjusting your consent preferences. These cookies do not store any personally identifiable data.

No cookies to display.

Functional cookies help perform certain functionalities like sharing the content of the website on social media platforms, collecting feedback, and other third-party features.

No cookies to display.

Analytical cookies are used to understand how visitors interact with the website. These cookies help provide information on metrics such as the number of visitors, bounce rate, traffic source, etc.

No cookies to display.

Performance cookies are used to understand and analyze the key performance indexes of the website which helps in delivering a better user experience for the visitors.

No cookies to display.

Advertisement cookies are used to provide visitors with customized advertisements based on the pages you visited previously and to analyze the effectiveness of the ad campaigns.

No cookies to display.

Nacional

Procuraduría explica fallo por el cual destituyó e inhabilitó por 13 años a 15 concejales de Valledupar

Valledupar
Valledupar
–La Procuraduría General de la Nación oficializó el fallo mediante el cual destituyó e inhabilitó por 13 años a 15 concejales y al contralor municipal de Valledupar, la capital del departamento del Cesar.

Tal como lo habiamos informado oportunamente aquí en la web de Radio Santa Fe, los integrantes del concejo vallenato eligieron como nuevo contralor a Alvaro Luis Castilla Fragozo, a sabiendas de que estaba inhabilitado.

El fallo de primera instancia fue proferido por la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa.

La Procuraduría General de la Nación sancionó en primera instancia a los señores Víctor Julio Alvarado Bolaños, José Amiro Aramendiz Sierra, Jaime Eduardo Bornacelly Figueroa, Guido Andrés Castilla González, Dorismel Enrique Celedón Vega, Ciro Guzmán Chinchía Bermúdez, José Rafael Gómez Solano, Wilber Antonio Hinojosa Borrego, Gabriel Muvdi Aranguena, Eudes Enrique Orozco Daza, Wilfrido Ortíz Arias, Alex Pana Zarate, Carlos Julián Picon Cortés, Luis Miguel Santrich Dial y Yesith Triana Amaya, en su condición de concejales municipales de Valledupar (Cesar), así como al contralor municipal, Álvaro Luis Castilla Fragozo, con destitución e inhabilidad general para el ejercicio de cargos y de funciones públicas por el término de 13 años.

Lo anterior por haber incurrido en falta disciplinaria al haber elegido al señor Castilla Fragozo como contralor municipal de Valledupar, quien realizó aportes económicos a la campaña política del señor Augusto Daniel Ramírez Uhía para los comicios electorales del mes de octubre de 2015, desempeñó labores en el equipo de empalme del alcalde electo en la empresa de servicios públicos Acueducto y Alcantarillado de Valledupar (Emdupar) y adicionalmente, formó parte del Comité Inscriptor Grupo Significativo de Ciudadanos »Avanzar es Posible», del entonces candidato a la alcaldía de esa ciudad, Augusto Daniel Ramírez Uhía, hoy mandatario de Valledupar para el periodo 2016 – 2019, entidad territorial donde se debe ejercer la función de vigilancia de la gestión fiscal que está bajo la responsabilidad de la Contraloría Municipal.

Quedó comprobado en esta instancia que el contralor disciplinado se encontraba incurso en conflicto de intereses al verse comprometida la transparencia e imparcialidad del ejercicio de la función pública encomendada, debido a la estrecha cercanía y amistad existente con el burgomaestre, la máxima autoridad administración de ese territorio.

Advirtió el Ministerio Público, a través de la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa, que la amistad existente entre el contralor reprochado y el alcalde de Valledupar configura un conflicto de intereses frente a la función que debe cumplir la Contraloría Municipal sobre la administración municipal. La Ley disciplinaria ordena a todo servidor público “el deber de abstenerse de actuar en asuntos donde se tenga un interés particular y directo en su regulación, gestión, control o decisión, o su socio o socios de hecho o de derecho”.

De esta forma se consideró que al asumir el cargo de contralor municipal, Castilla Fragozo configuró la situación que implica la existencia de un interés particular sobre el interés general de la función fiscal. La falta disciplinaria se calificó como gravísima reprochada a título de dolo, de acuerdo al numeral 17 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002.

El presente fallo disciplinario es susceptible de apelación por parte de los interesados.