Personalizar preferencias de consentimiento

Utilizamos cookies para ayudarte a navegar de manera eficiente y realizar ciertas funciones. Encontrarás información detallada sobre todas las cookies en cada categoría de consentimiento a continuación.

Las cookies que se clasifican como "Necesarias" se almacenan en tu navegador, ya que son esenciales para habilitar las funcionalidades básicas del sitio.... 

Always Active

Necessary cookies are required to enable the basic features of this site, such as providing secure log-in or adjusting your consent preferences. These cookies do not store any personally identifiable data.

No cookies to display.

Functional cookies help perform certain functionalities like sharing the content of the website on social media platforms, collecting feedback, and other third-party features.

No cookies to display.

Analytical cookies are used to understand how visitors interact with the website. These cookies help provide information on metrics such as the number of visitors, bounce rate, traffic source, etc.

No cookies to display.

Performance cookies are used to understand and analyze the key performance indexes of the website which helps in delivering a better user experience for the visitors.

No cookies to display.

Advertisement cookies are used to provide visitors with customized advertisements based on the pages you visited previously and to analyze the effectiveness of the ad campaigns.

No cookies to display.

Bogotá

Vía libre a pico y placa para vehículos de servicio público especial en Bogotá

carros

El alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa, anunció que firmó el decreto 248 que establece pico y placa para vehículos de servicio público especial. La medida comenzará a aplicarse el 14 de julio de manera pedagógica.

De acuerdo con el decreto, la restricción es para automóviles, camionetas o camperos con capacidad para 4 pasajeros, sin incluir el conductor, y será” conforme al último dígito de la respectiva placa, entre las 5:30 de la mañana y las 9 de la noche”.

Aquellos que no cumplan la norma serán sancionados con una multa de 344.700 pesos (equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes), además de la inmovilización del vehículo.

El decreto además prohíbe la expedición de servicios especiales de circulación.

Según cifras de la Secretaría de Movilidad, en Bogotá los vehículos camioneta y campero presentaron aumentos representativos en matrícula entre marzo de 2015 y enero de 2016.

Las camionetas aumentaron en 737 vehículos (27%) y los camperos aumentaron en 252 (53%).
De los 663.196 viajes en un día típico en transporte especial en la capital, cerca del 7,4% emplean automóvil, camioneta o campero.

Cerca del 65% de los automóviles, camionetas y camperos de servicio especial con capacidad para 4 pasajeros (sin incluir conductor) que circulan en la ciudad, no se encuentran matriculados en la capital.