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Condenan a la Nación por el crimen del grafitero Diego Felipe Becerra

grafitero

En primera instancia, el juzgado 38 Administrativo de Bogotá condenó a la Policía Nacional y al Ministerio de la Defensa por la muerte del Grafitero Diego Felipe Becerra, tras hallar responsable al patrullero Wilmer Alarcón de disparar contra el menor.

El alto tribunal ordenó el pago de una indemnización económica por parte de la Policía Nacional y del Ministerio de Defensa a la señora Liliana Lozarazo, madre de Becerra, y a Gustavo Arley Trejos, padre de crianza del menor.

El juez determinó el pago de cien salarios mínimos legales mensuales vigentes a los padres del grafitero, por daños y perjuicios como consecuencia de la muerte del menor. La cifra a pagar será de 135 millones de pesos.

“Resulta evidente que la muerte del joven Becerra Lizarazo fue ocasionada por un arma de dotación oficial, utilizada por un miembro de la Policía Nacional en actos de servicio, con los que estaría claramente demostrado el título objeto de imputación de riesgo excepcional”, detalla el juzgado.

De acuerdo con el juzgado, existen prueba suficientes que “permiten concluir que también se encuentra demostrada la falla del servicio, en atención al manejo irregular por parte de miembros de la policía nacional, tanto en la situación en la que resultó fatalmente herido el joven, como de la posterior alteración de la escena de los hechos para encubrir el uso indebido de la fuerza, que produjo la muerte de Diego Felipe Becerra Lizarazo”.

Además las pruebas periciales practicadas dejan ver que el joven nunca disparó un arma de fuego, contradiciendo la versión del patrullero Alarcón quien manifestó ante las autoridades que había disparado tras ser amenazado por el joven artista con una pistola.

El juzgado concluyó que el agente de la policía accionó de manera injustificada su arma de fuego contra el menor. Además otros agentes intentaron encubrir el actuar irregular “alterando la escena de los hechos, plantando un arma y presentando un informe que no correspondía con las verdaderas circunstancias de tiempo, modo y lugar”.

El fallo del juez aclaró que la reparación económica representa la reestructuración moral para la familia de la víctima debido a que el joven no representaba ingresos económicos para sus padres.

Igualmente fueron negadas las pretensiones económicas de sus primos, abuelos y amigos como víctimas en el proceso.