Judicial

Proyecto de ley sobre contravenciones penales agilizará cerca de 400.000 procesos y se reducirán en un 50% los tiempos procesales: Minjusticia

justiciaDurante el tercer debate al Proyecto de Ley 48 de 2015, que se cumplió en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, el Ministro de Justicia, Jorge Eduardo Londoño Ulloa, ratificó la importancia del mismo y explicó que lo que se busca es que en menos de seis meses puedan resolverse delitos querellables tales como lesiones personales, injuria, calumnia, abuso de confianza y estafa, este último por cuantías inferiores a 150 salarios mínimos mensuales legales.

“Con la radicación de este proyecto buscamos construir una verdadera política criminal, a través de la cual el Estado y los colombianos cuenten con alternativas que les permitan acercarse más a la justicia. Una justicia ágil es una justicia más justa”, indicó el Ministro.

Esta legislación cobijaría las conductas clasificadas como de menor lesividad social, y pretende acortar en un 50% el tiempo de los procesos judiciales que se surten para juzgar a los responsables de las mismas. Es decir, que una de cada tres denuncias sería contravención y se tramitaría mediante lo que se contempla en el proyecto.

El alto funcionario agregó que el proyecto de ley contiene tres partes sustanciales, y que la primera regula las contravenciones de los delitos querellables. “Se incluye un procedimiento especial abreviado, en el que se pasa de las cinco audiencias que hoy se manejan, a solo tres. Se anularían las de imputación y de lectura de fallo, con lo que el procedimiento sería mucho más expedito”, anotó.

El proyecto contempla, además, la figura del acusador privado, que establece especificaciones precisas: solo actuaría a solicitud de la víctima, siempre estaría aprobado y contaría con la intervención de la Fiscalía General de la Nación. “Cae como anillo al dedo en el plan de lucha contra la criminalidad”, indicó el titular de dicho ente, Néstor Humberto Martínez.

Sin embargo, la figura también tendría límites, como el que exista peligro para la víctima, que la conducta no sea atípica y que exista interés prioritario para la política criminal.

“Este es un proyecto fundamental que complementa la Ley 1760 de racionalización de la detención preventiva, pero que sobre todo, nos introduce en un modelo mucho más coherente con las realidades sociales”, concluyó el Ministro Londoño.