Así lo consideró este miércoles la juez 34 con funciones de control de garantías de Bogotá, quien negó la solicitud de libertad que pidió la defensa de Jonathan Vega, quien atacó con ácido a Natalia Ponce, la juez consideró que no existen las condiciones para otorgar dicha solicitud.
La juez aseguró que: “El despacho considera que se da la complejidad del caso, la cual se dio a conocer desde la audiencia de acusación el pasado 20 de octubre de 2014, cuando la defensa del procedo argumentó que su defendido es inimputable”.
Y consideró además los aplazamientos que solicitó la Fiscalía para que se practicaran las pruebas necesarias a Jonathan Vega y así comprobar su inimputabilidad.
La juez agregó que: “A raíz de ello desde el juicio oral que es la causal de libertad que se invoca, la Fiscalía ha hecho uso de los recursos legales para determinar la inimputabilidad de la persona que acá se investiga, manifestando que Jonathan Vega se negó en varias oportunidades a la práctica de exámenes psiquiátricos por parte de Medicina Legal”.
Esta decisión de la juez está basada en la explicación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que señala las diferencias entre el tiempo requerido para adelantar investigaciones y las dilaciones injustificadas dentro de un proceso penal.
“La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha considerado que no siempre es posible para las autoridades judiciales cumplir con los plazos legalmente establecidos, y que por tanto ciertos retrasos pueden ser válidos para resolver mejor el caso”, dijo juez.