Restricción de vehículos de carga con peso igual o superior a 3.4 toneladas para el puente festivo “Asunción de la Virgen” del viernes 12 al lunes 15 de agosto 2016, en la red vial nacional.
En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014, en su artículo 2 PUENTES FESTIVOS, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, que la restricción a aplicar para los vehículos de carga será en las fechas y horas relacionadas a continuación:
DIAS DE APLICACIÓN Y VIAS A NIVEL PAIS
DÍA |
FECHA |
HORARIO |
VIERNES (Solo para vehículos que salgan de la ciudad de Bogotá) |
12 de agosto |
16:00 A 22:00 horas |
SÁBADO |
13 de agosto |
09:00 A 15:00 horas |
DOMINGO |
14 de agosto |
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LUNES |
15 de agosto |
12:00 A 01:00 horas |
Vías a restringir:
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NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.
NOTA 1: El viernes 12 de agosto de 2016, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.
NOTA 2: El lunes 15 de agosto de 2016, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente se aplicará la restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial N° 7 (BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ) para los vehículos de carga que vengan en sentido IBAGUÉ – BOGOTÁ.
NOTA 3: Teniendo en cuenta el alto volumen de vehículos que retornarán hacia la ciudad de Bogotá por los diferentes corredores viales, el día 15 de agosto de 2016 la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional implementará REVERSIBLE en los siguientes tramos viales:
TRAMO VIAL |
HORARIO |
VIAS ALTERNAS |
Vía Guaduas (Glorieta de la Morena Km 31) – Villeta (km 64+100) |
De 3 PM a 5 PM |
Los viajeros que transiten por los anteriores corredores viales desde Bogotá hacia la Costa Atlántica o eje cafetero la vía alterna es:
En los anteriores tramos viales solo está permitido el tránsito de vehículos livianos de pasajeros y carga hasta de 3.5 toneladas. |
Vía Tena (La Gran Vía) – Mosquera(Glorieta de Mosquera)
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De 12 PM a 8 PM. |
Los viajeros que transiten por este corredor vial desde Bogotá hacia a Girardot como vía alterna:
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Vía Bogotá (el km 0+000 sector El Uval) – Villavicencio (Glorieta Fundadores) |
De 2 PM a 8 PM. |
Los viajeros que transiten por este corredor vial desde Bogotá hacia Villavicencio esta como vía alterna:
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Los anteriores horarios están sujetos a variación por la Dirección de Tránsito y Transporte a través del Puesto de Mando Unificado “PMU” si las condiciones del alto flujo vehicular o emergencia lo ameritan aplicando la nota especial del presente comunicado. |
NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a la restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.
NOTA 5: La restricción no aplica para los vehículos de carga que transportan carbón térmico desde el Departamento Norte de Santander hacia la Costa Atlántica.
NOTA 6: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.
NOTA 7: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, “Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones”.
NOTA 8: El Instituto Nacional de Vías – INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.
NOTA 9: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Puertos y Transporte, Instituto Nacional de Vías ” INVIAS” y la Agencia Nacional de Infraestructura “ANI”. Los datos de contacto son: Teléfono: 320 303 9152 Correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.