Universidad Nacional pide eliminar cobro tributario a recolección de biodiversidad con fines de investigación científica
–Eliminar cualquier cobro para recolección de especímenes con fines de investigación científica, pidió al gobierno la Universidad Nacional de Colombia por considerar que el tributo afecta el desarrollo del estudio de la biodiversidad en Colombia.
A pesar de que los montos unitarios por espécimen y/o muestra no parezcan ser tan elevados, al sumar todos los especímenes/muestras de un proyecto, y a su vez considerar los cientos de proyectos que anualmente ejecuta cualquier institución de investigación, al final sí resultan ser significativos y afectan considerablemente el desarrollo y futuro de la investigación, pues los costos asociados castigan los proyectos, afirma Dolly Montoya Castaño, vicerrectora de Investigación, en carta que envió al ministro de Ambiente y desarrollo Sostenible, Luis Gilberto Murillo.
El texto de la misiva es el siguiente:
Respetado señor ministro:
Consideramos necesaria y oportuna la reciente expedición del Decreto 1272 del 3 de agosto de 2016, que reglamenta el artículo 42 de la Ley 99 de 1993, relacionado con la Tasa Retributiva y Compensatoria por la utilización directa e indirecta de la atmósfera, el agua y del suelo, para introducir o arrojar desechos o desperdicios agrícolas, mineros o industriales, aguas negras o servidas de cualquier origen, humos, vapores y sustancias nocivas que sean resultado de actividades antrópicas o propiciadas por el hombre, o actividades económicas o de servicio, sean o no lucrativas. A nuestro parecer, esas son las actividades que deben ser sujetas al pago de tasas retributivas, por las consecuencias nocivas que traen al medio ambiente.
Sin embargo, muy respetuosamente queremos manifestar nuestro desacuerdo con el cobro por la recolección y estudio de nuestra biodiversidad con fines de investigación, plasmado también en el Decreto de la referencia, toda vez que el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial ya fue reglamentado por el Decreto 1376 de 2013 (integrado en el Decreto 1076 de 2015 o Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible) y allí no se menciona cobro alguno. De igual forma, ya se ha establecido que si los especímenes colectados tienen potencial comercial, debe tener otro tipo de autorizaciones ambientales.
La Universidad Nacional de Colombia, como uno de los principales centros de educación superior de nuestro país y la que más grupos de investigación tiene categorizados en Colciencias (570 grupos en 2015), cuenta con más de 800 expertos en la biodiversidad colombiana, nuestras 41 colecciones biológicas superan los 3 millones de ejemplares (los cuales protegemos y conservamos adecuadamente) y en los últimos cinco años hemos adelantado más de 3000 proyectos de investigación en nuestras 8 sedes. Muchos de los resultados de estos proyectos sirven para saber cuál es la riqueza de nuestra biodiversidad, es decir, cuántas especies de cada grupo biológico viven en nuestro territorio, cuántas especies de estas son endémicas (propias) de Colombia, cuántas están amenazadas y cuál es la importancia de la existencia de ellas en un determinado ecosistema. El conocimiento de nuestra biodiversidad ha dado soporte científico para definir las estrategias de conservación como la declaratoria de un área protegida, por ejemplo el Parque Nacional Natural de Chiribiquete y el de Yaigogé – Apaporis, en donde la Universidad Nacional de Colombia cooperó con la Unidad Administrativa Especial «Parques Nacionales Naturales de Colombia». Cabe destacar que estas investigaciones se armonizan con la meta presidencial de declarar 2,5 millones de hectáreas de nuevas áreas protegidas para el año 2018.
La recolecta y estudio de los especímenes requeridos para todo esto no sería posible de persistir la implementación del Decreto 1272 de 2016, mediante el cual se pretende cobrar por la recolección de especímenes con fines de investigación científica. A pesar de que los montos unitarios por espécimen y/o muestra no parezcan ser tan elevados, al sumar todos los especímenes/muestras de un proyecto, y a su vez considerar los cientos de proyectos que anualmente ejecuta cualquier institución de investigación, al final sí resultan ser significativos y afectan considerablemente el desarrollo y futuro de la investigación, pues los costos asociados castigan los proyectos.
Es importante mencionar que nuestra Universidad comparte varios de los argumentos, científicos, técnicos, prácticos y jurídicos expuestos previamente a la expedición del Decreto en mención, por numerosas instituciones e investigadores, entre los que se incluyen la UAESPNN, el Instituto SINCHI, el Consejo Profesional de Biología y varias Universidades, en el documento «COMENTARIOS PRESENTADOS POR ACTORES EXTERNOS A PROPUESTAS NORMATIVAS de 2015».
La Universidad Nacional de Colombia reitera su compromiso con la protección del ambiente, por ello ha sido una de las primeras instituciones en tener permisos de colecta marco y contrato marco de acceso, pero de la manera más respetuosa queremos solicitarle que del Decreto 1272 del 3 de agosto de 2016 se elimine cualquier cobro para la recolección de especímenes con fines de investigación.
Quedamos atentos a su respuesta y estamos a su disposición para ampliar los argumentos aquí presentados y presentar algunos otros, si es del caso.
Cordialmente,
DOLLY MONTOYA CASTAÑO
Vicerrectora de Investigación
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