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Santos está deslegitimando el plebiscito: Procurador Ordoñez

procurador 1–“Cuando el Presidente incita a los gobernadores a desconocer la sentencia de la corte constitucional, deslegitima el plebiscito”, precisó el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordoñez.

“El plebiscito solo puede ser legítimo si respeta las reglas, pero si el Presidente insiste en saltarse las reglas lo deslegitima absolutamente”, advirtió Ordoñez Maldonado en su cuenta en Twitter.

Además señaló: “Lo que legitima el plebiscito es que sea transparente y que los órganos de control puedan cumplir su función. Para que el plebiscito sea legítimo se deben cumplir las reglas y condiciones de la Corte Constitucional,Presidente no lo deslegitime”.

El procurador reaccionó así al pronunciamiento que el presidente Juan Manuel Santos hizo el viernes pasado en tácita alusión al jefe del ministerio público, cuando les dijo a los gobernadores que “no le paren bolas a los que les dicen que no hagan pedagogía, que no pueden hacer campaña”.

Al respecto, Ordoñez Maldonado remitió a sus seguidores a releer la directiva que expidió “sobre garantías del plebiscito y que parece “delicó” a Santos”.

En el escrito precisó la Corte “(…) las instituciones públicas no pueden realizar acciones orientadas a confundir el derecho a la paz con el “Acuerdo Final”, único objeto del plebiscito, sea durante la etapa previa a la campaña o durante ésta. El Estado no puede inobservar ese derecho”.

Con respecto al libre derecho al voto, el jefe del órgano de control estableció en la directiva que la providencia advierte que el Gobierno tiene la obligación de “(…) poner a disposición de la ciudadanía el contenido íntegro del Acuerdo Final para garantizar el derecho a la información y la libertad del elector”, con lo cual se permite una decisión consciente e informada por parte de los ciudadanos.

Destacó que “(…) el Estado debe garantizar la libertad absoluta del voto, lo cual lo obliga a que su acción se dirija a posibilitar una ‘decisión consciente e informada’ de los ciudadanos, al igual que a no impedirla”.

El Ministerio Público recordó que la Corte no ha prohibido la participación de los servidores públicos en las campañas que se adelanten en el marco del plebiscito, pero sí restringió la intervención de autoridades judiciales, de control, electorales y de seguridad, pues según la Corte se requiere que ellos “(…) conserven estrictamente su imparcialidad, de manera que sirvan de garantes a la acción de los ciudadanos que expresan su opinión en uno u otro sentido dentro de las campañas al plebiscito”.

El órgano de control indicó que los funcionarios públicos no podrán utilizar bienes del Estado ni recursos del Tesoro Público bajo el pretexto de promocionar el plebiscito o durante el periodo de su realización, tal como lo señala la sentencia C-379 de 2016 de la Corte Constitucional.

“La autorización a los servidores públicos de participar en la promoción de las campañas debe interpretarse de manera compatible con los principios que rigen la función pública, en particular la igualdad, la moralidad y la imparcialidad”, indicó el procurador.

Agregó que “las campañas del plebiscito y el uso por estas en igualdad de condiciones a todos los servidores públicos, no podrán coaccionar de modo alguno a los servidores y contratistas para que participen en dichas campañas, expresen su opinión en uno y otro sentido, y encuentren supeditada su permanencia en la función pública o en la ejecución del contrato a dicha participación”.

El procurador Ordóñez aseguró que los funcionarios del Ministerio Público ejercerán la vigilancia preventiva necesaria sobre los servidores públicos y los particulares que transitoriamente ejerzan funciones públicas, a fin de que se ciñan a las disposiciones y limitaciones establecidas por las Leyes Estatutarias que regulan los mecanismos de participación ciudadana.

Finalmente, instó a la ciudadanía a participar activamente como veedora del desarrollo de los mecanismos de participación durante la campaña para que en ejercicio de sus derechos pongan en conocimiento de las autoridades, en especial de las que ejercen el Ministerio Público, “los hechos que comprometan la conducta de los servidores públicos, en actividades no permitidas o que impliquen la afectación de la función pública encomendada”.

De otro lado, el pasado jueves, el Procurador Ordoñez Maldonado había notificado que la “Corte Constitucional señala que los Organismos de Control deben vigilar y garantizar derechos de ciudadanos en el plebiscito” y “Yo lo voy a hacer”.

“Aquí no está en juego la paz, aquí lo que se está es poniendo en consideración una política pública que se llama un acuerdo entre el presidente Santos y alias Timochenko para darle legitimidad democrática y eso lo dice la Corte”, señaló Ordoñez Maldonado.

“Quiero ser más enfático y hasta reiterativo, de ninguna manera se pueden emplear bienes del Estado, cualesquiera que estos sean, y ni recursos del tesoro público, bajo el pretexto de promocionar el plebiscito, con el lema o mensaje “Sí a la paz” o “No a la paz”.

“Está prohibido destinar cualquier centavo público so pretexto de promover el ‘Sí a la paz” o el “No a la paz”, porque el derecho a la paz no está sometido a consideración de los ciudadanos. El objeto de las votaciones es el acuerdo final y no el derecho a la paz”, explicó el jefe del Ministerio Público.

Además, insistió que los funcionarios públicos no pueden presionar a los ciudadanos ni contratistas para que se adhieran a una u otra posición, pues eso sería extorsionarlos.

“Me corresponde hacer cumplir la ley, la Constitución, las decisiones judiciales y, como lo he hecho en otros escenarios, voy a cumplir y hacer cumplir las decisiones judiciales”, concluyó el procurador general.

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