La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, el pasado 12 de octubre, negó una tutela a Neocorp S.A.S con la que pretendía levantar las medidas cautelares proferidas por el juez sexto civil del circuito de Bogotá, en la que se prohíbe la venta de vehículos Hyundai en Colombia.
La tutela no prosperó porque las decisiones reprochadas por Neocorp, fueron impugnadas por Hyundai Motor Company a través de los recursos de reposición y apelación, resolviéndose hasta la fecha el primero de ellos en favor de Hyundai Colombia, encontrándose pendiente la resolución de la apelación.
En segundo lugar se negó el amparo porque está vedado al juez constitucional anticiparse en la adopción de pronunciamientos sobre aspectos que le corresponden decidir al juez natural, por cuanto no puede ejecutar facultades que no le son propias.
Finalmente, la Corte Suprema considera que Neocorp S.A. no demostró estar frente a un perjuicio irremediable de características graves, inminentes y urgentes, con entidad suficiente para facultar una intervensión de la más alta instancia judicial del país.
De esta manera, la Corte Suprema de Justicia confirma las medidas cautelares decretadas por el juez sexto civil del circuito de Bogotá en favor de Hyundai Colombia.