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Nuevo Acuerdo Final de Paz: Modificaciones introducidas desde la óptica de Santos y de Humberto de la Calle

nuevo-apcto-cuba–Tal como lo informamos oportunamente aquí en la web www.radiosantafe.com, el presidente Juan Manuel Santos informó que el único punto sobre el cual no se logró un acuerdo con las Farc fue el de la elegibilidad de los cabecillas del grupo guerrillero, sobr el cual reclamaban los promotores del No en el Plebiscito.

Empero aclaró que los jefes de las Farc “no tendrán curules a dedo. Al contrario, tendrán que participar en las elecciones. Tampoco tendrán cargos en el gobierno, como ha ocurrido en muchos otros casos. Pero sí podrán ser elegidos”.

El presidente Santos destacó que se lograron “precisiones, ajustes y cambios en 56 de los 57 temas abordados” y añadió:

“El Centro Democrático, algunos dirigentes conservadores que votaron No, los partidos de la coalición para la paz, la Iglesia, las Altas Cortes y magistrados, las organizaciones religiosas y sociales, los empresarios, los cientos de miles de jóvenes que se movilizaron, los sindicatos, las comunidades indígenas y afrodescendientes, las víctimas, los militares retirados, los movimientos de mujeres y los que reiteraron su apoyo al acuerdo, todos, aportaron sus ideas y propuestas para ajustar el acuerdo”.

Desde el punto de vista del presidente Juan Manuel Santos estos son los cambios más importantes introducidos en la renegociación al acuerdo del fin del conflicto firmado con las Farc:

Entrega de bienes y restricción de la libertad

—Las Farc tendrán que declarar y entregar todos sus bienes, so pena de perder los beneficios, y se usarán para reparar a las víctimas.

—Se logró definir en qué consiste la restricción efectiva de la libertad. El Tribunal debe fijar en cada caso:

• Los espacios concretos en donde deben estar los sancionados durante la ejecución de la pena (que nunca serán más grandes que una Zona Veredal Transitoria de Normalización).

• Los horarios en los que deben cumplir las sanciones restaurativas.

• Establecer el sitio de residencia durante la ejecución de la sanción.

• Imponerles el deber de solicitar autorización para salir de las zonas donde cumplan la sanción.

• Señalar la periodicidad con la que el órgano de verificación debe reportar sobre el cumplimiento de la sanción.

—El tiempo que pasen en las Zonas Veredales Transitorias de Normalización, se les tendrá en cuenta como parte de la sanción, siempre y cuando en ese período desarrollen actividades de reparación.

Jurisdicción Especial de Paz

—La Jurisdicción Especial de Paz funcionará hasta por 10 años y solo podrá recibir solicitudes de investigación durante los 2 primeros años.

—Las ONG no podrán actuar como fiscales y acusar. Solo podrán presentar información que será valorada y contrastada por los jueces y magistrados del Tribunal.

—Todos los jueces serán colombianos y tendrán las mismas calidades de los magistrados de nuestras Cortes.

—Las tutelas contra decisiones de la Justicia Especial para la Paz podrán ser revisadas.

Propiedad privada, legislación agraria e inversiones para el posconflicto

—Se ratificó el respeto a la propiedad y la iniciativa privada y a que a nadie se expropie por fuera de la ley vigente.

—Se creará una comisión para revisar temas relacionados con la legislación agraria que no hacen parte del acuerdo anterior.

—El catastro no modificará por sí mismo los avalúos de las tierras.

—No se autorizarán nuevas zonas de reserva campesina, más allá del trámite normal de acuerdo con la legislación vigente que hay sobre estas zonas.

—Las inversiones del posconflicto se harán con respeto al principio de sostenibilidad fiscal. Se amplió de 10 a 15 años el plazo de implementación de estas inversiones.

Beneficios para empresarios y agentes del Estado

—Los empresarios que no sean responsables de crímenes graves tienen la posibilidad de obtener la terminación de los procesos que hoy los puedan afectar en la justicia ordinaria.

—Se logró una fórmula que garantiza a nuestros soldados y policías, en servicio activo y retirados, los máximos beneficios, pero con total seguridad jurídica.

Participación política

—Se incluyó expresamente que el partido que surja de la reincorporación de las Farc no podrá inscribir candidatos a las 16 curules transitorias en la Cámara de Representantes, establecidas para las comunidades y víctimas afectadas por el conflicto.

—Se redujo desde el primer año en 30 por ciento la financiación al partido de las Farc para que quede en igualdad de condiciones con los demás partidos.

—Quedó claro que la protesta social debe ser siempre pacífica, y que el Estado tiene la obligación de proteger los derechos de todos los ciudadanos.

—Se eliminó la participación de las Farc en la comisión de protección y garantías de seguridad, así como las facultades de esa comisión para revisar hojas de vida, o ejercer facultades de inspección y vigilancia sobre las empresas de seguridad privada.

Lucha contra las drogas ilícitas

—Sobre la lucha contra el problema de las drogas, el nuevo acuerdo obliga a todos los que se presenten a la Justicia especial de Paz a entregar toda la información relacionada con el narcotráfico de manera exhaustiva y detallada para atribuir responsabilidades.

—Se reiteró y subrayó que el gobierno mantiene todas las herramientas para la erradicación, incluyendo la fumigación, además de los programas de sustitución para los campesinos.

—No habrá formalización de ningún predio en Colombia sin que antes se constate que está libre de la presencia de cultivos ilícitos

—Para atacar de manera más efectiva el problema del consumo de drogas, se robusteció el papel de la familia y de los grupos religiosos en la política de prevención y atención a los consumidores.

Bloque de constitucionalidad e implementación de los acuerdos

—Solo se incorporarán al bloque de constitucionalidad los temas de derechos humanos y de Derecho Internacional Humanitario, que ya de por sí hacen parte de la Constitución.

—Quedó mucho más claro que el gobierno será el único responsable de la implementación de los acuerdos. Habrá una comisión que hará seguimiento, impulso y verificación del cumplimiento de los mismos.

Prioridad para las mujeres víctimas

—Se hicieron las modificaciones para garantizar que la llamada ideología de género no está presente, ni siquiera de manera sugerida. Pero se dejó claro es que este capítulo busca garantizar que las mujeres, que han sufrido especialmente este terrible conflicto, sean tratadas con prioridad y que sus derechos como víctimas estén totalmente protegidos.

—Se incorporaron los principios de igualdad y no discriminación, de libertad de cultos y se reconoció a la familia y a los líderes religiosos como víctimas del conflicto.

Elegibilidad

El Presidente Santos informó que, a pesar de la insistencia del Gobierno, no se logró avanzar en el punto que reclamaban promotores del No sobre que los jefes guerrilleros no pudieran ser elegidos.

-“No tendrán curules a dedo. Al contrario, tendrán que participar en las elecciones. Tampoco tendrán cargos en el gobierno, como ha ocurrido en muchos otros casos. Pero sí podrán ser elegidos”, explicó.

LOS CAMBIOS SEGUN DE LA CALLE

El jefe del equipo negociador del gobierno Humberto de la Calle Lombana, destacó así los cambios fundamentales hechos al
acuerdo de paz firmado el 26 de septiembre en Cartagena:

-Mantenemos vivo el compromiso con el campo a través de una política de recuperación de la familia campesina, que impulse el acceso equitativo a la tierra y que cree condiciones de vida digna.

-En la Reforma Rural Integral hemos afirmado que “nada de lo establecido en el acuerdo debe afectar el derecho constitucional a la propiedad privada”.

-También quedó explícito que los programas cuyo destinatario es el campesino no impiden la puesta en práctica de diversas formas de producción, tales como la agroindustria o el turismo.

-Para lograr darle la mayor solidez a la reforma rural, se ajustaron los tiempos de implementación a las nuevas realidades fiscales. El acuerdo además por sí mismo no crea Zonas de Reserva Campesina.

-Desde el Acuerdo de Cartagena se había dado un paso inmenso en la lucha contra el problema mundial de la droga. Las FARC se comprometieron a romper todo vínculo con él y a cooperar en la superación de ese fenómeno. Ahora, en el nuevo Acuerdo se ha logrado precisar de manera concreta las características de esa cooperación y además quienes acudan a la JEP –todos, no solo las FARC- deberán informar de manera exhaustiva y detallada sobre las informaciones de las que dispongan para atribuir responsabilidades.

-De igual modo se aclara que los programas de sustitución buscan tener territorios libres de cultivos de uso ilícitos de modo que no se establezca un marco de coexistencia entre el programa de sustitución y la continuación de tales cultivos.

-En cuanto a la aplicación de las políticas sobre el consumo, se robustece el papel de la familia y de los grupos religiosos.

-Se estableció el compromiso de respetar el principio de sostenibilidad de las finanzas públicas. En tal sentido, el Plan Marco acordado para las inversiones, deberá contener las fuentes de financiación.

-Durante el término de la dejación de armas, las FARC presentarán un inventario de bienes y activos para destinarlos a la reparación material de las víctimas.

-En cuanto a la Jurisdicción Especial para la Paz se atendió la mayoría de las propuestas formuladas.

-Se precisaron de manera concreta las características y mecanismos de la restricción efectiva de la libertad.

-En efecto, se fijaron los espacios territoriales específicos para el cumplimiento de las sanciones con un tamaño máximo a las zonas veredales, los periodos de ejecución de las acciones reparadoras, la precisión del lugar de residencia, los mecanismos de monitoreo y la regulación del sistema de autorización para los desplazamientos por fuera de las zonas, requisito necesario en todos los casos. Por iniciativa de algunos opositores se aceptó que mientras entra en funcionamiento la JEP, las acciones reparadoras debidamente verificadas pueden ser descontadas de la sanción que se imponga.

-Sobre el discutido tema de la conexidad del narcotráfico con el delito político, el acuerdo es que los Magistrados tendrán en cuenta caso a caso la jurisprudencia de las cortes colombianas.

-Se eliminan los Magistrados extranjeros pero se acepta la presencia de amicus curiae, -expertos extranjeros- para rendir conceptos sobre los casos que se tramiten.

-Queda claro que entre la normatividad aplicable se incluye el Código Penal Colombiano y que las normas procedimentales deberán ser incorporadas al ordenamiento legal.

-Serán de competencia de la JEP las conductas de financiación o colaboración con actores del conflicto en que hayan incurrido los terceros no combatientes que tuvieron una participación activa o determinante en los crímenes más graves. Se eliminó la participación habitual. Y se reafirmó que los demás, si contribuyen a las medidas de verdad y reparación, pueden beneficiarse de la renuncia de la acción penal u otro tipo de terminación anticipada del proceso.

-Se estableció el término concreto de duración de la Jurisdicción.

-Se eliminó la idea de incorporar el Acuerdo a la Constitución Política y al llamado bloque de constitucionalidad. El principio general de garantía de cumplimiento es el compromiso de que ambas partes cumplirán de buena fe lo pactado, y en lo que tiene que ver con el Estado, los principios que informan el Acuerdo serán parámetro de interpretación y guía de la aplicación normativa y práctica.

-Se estableció también que la revisión de la tutela contra decisiones de la Jurisdicción Especial en cabeza de la Corte Constitucional.

-En el nuevo Acuerdo se define qué se entiende por enfoque de género. Significa el reconocimiento de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y de las circunstancias especiales de cada uno. Supone reconocer que el conflicto ha impactado de manera diferenciada a la mujer y que, en consecuencia, se requieren acciones distintas y específicas para restablecer sus derechos.

-Incluye también un principio de respeto a la igualdad y no discriminación, que implica que toda persona, independientemente de su sexo, edad, creencias religiosas, opiniones, identidad étnica, pertenencia a la población LGBTI, o cualquier otra razón, tiene derecho a disfrutar de todos los derechos. Ningún contenido del Acuerdo Final se entenderá o interpretará como la negación, restricción o menoscabo de los derechos de las personas.

-En atención al llamado que nos hicieron de diversos sectores religiosos, se estipula que en la implementación de lo acordado se deberá respetar la libertad de cultos, lo que significa el reconocimiento y respeto a la práctica de cualquier manifestación de religiosidad.