A partir de este primero de diciembre inicia la prescripción de servicios y tecnologías no cubiertas por el plan de beneficios para los afiliados al régimen contributivo de salud, en el aplicativo MIPRES.
Este paso se dará con todas las entidades promotoras de salud (EPS) del régimen contributivo y una institución prestadora de servicios de salud (IPS) de su red de prestadores previamente seleccionada, así:
EPS | IPS |
Nueva EPS | Viva 1A IPS S.A. |
Famisanar | Clínicos Programas de Atención Integral S.A.S. IPS Sigla Clínicos Programas S.A.S. IPS |
Aliansalud | Clínicos Programas de Atención Integral S.A.S. IPS Sigla Clínicos Programas S.A.S. IPS |
Servicio Occidental de Salud (SOS) | Comfandi (Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca – Comfamiliar ANDI)- Sede IPS El Prado |
Coomeva | Sinergia Global en Salud SAS – Sede UPREC Unidad de Prevención Clínica Farallones Cali. |
Sánitas | Unidad de Atención Primaria Morato |
Salud Total | Salud Total EPS S.A UUBC Santa Lucía |
Compensar | Imevi Ltda. |
Comfenalco Antioquia | Grupo Operador Clínico Hospitalario por Outsourcing S.A.S – G OCHO S.A.S / Consultorios Clínica Comfenalco IPS – Sede Santa Monica |
Emssanar | Cooperativa de Servicios Solidarios De Salud Emssanar Ltda. “Cooemssanar IPS” |
Cafesalud | Corporación Nuestra IPS |
Saludvida | Meintegral S.A.S – Manizales |
Sura | Servicios de Salud IPS Suramericana S.A.S |
Entre el 1 de diciembre de 2016 y el 28 de febrero de 2017, las demás IPS a través de las cuales cada EPS gestione el suministro de tecnologías no cubiertas en el POS del régimen contributivo se vincularán gradualmente, de tal manera que el próximo 1 de marzo todas las prescripciones de servicios y tecnologías no cubiertas en el plan de beneficios con cargo a la UPC se realicen en MIPRES.
Para cumplir dicha meta, las EPS reportarán al Ministerio de Salud y Protección Social, cada quince días, los prestadores que se incorporen al proceso. En este período, las IPS que no prescriban en MIPRES, continuarán con el trámite ante el comité técnico científico (CTC).
No obstante lo anterior, las IPS que cuenten con las condiciones tecnológicas y operativas para realizar la prescripción en MIPRES, previa coordinación con la respectiva EPS, podrán hacerlo desde este 1 de diciembre de 2016, para lo cual la EPS deberá informar el listado de IPS al Ministerio de Salud y Protección Social.
Se precisa que a partir de la fecha en que el prestador de servicios de salud implemente MIPRES deberá hacerlo para la prescripción de tecnologías o servicios de salud no cubiertos por el POS, de los usuarios que así lo requieran, independientemente de la EPS.
La implementación de MIPRES requiere la participación activa de todos los actores del sistema de salud, por lo cual es necesario de fortalecer las siguientes condiciones:
a) La infraestructura tecnológica necesaria para soportar el aplicativo, su integración y el consumo de datos asociados a la prescripción, suministro y seguimiento.
b) Los usuarios y contraseñas asignados por el aplicativo son personales e intransferibles. La prescripción es responsabilidad de los profesionales de la salud.
c) MIPRES es de uso obligatorio por los profesionales de la salud para la prescripción de servicios y tecnologías no cubiertas por el plan de beneficios con cargo a la UPC.
d) Afianzar la cultura de la seguridad social y promover conductas tendientes a la eliminación de las barreras de acceso, el suministro oportuno de los medicamentos y la transparencia en el manejo de los recursos del sistema de salud.
El Ministerio realizará la actualización periódica de las tablas de referencia e intensificará los procesos de socialización para que un mayor número de entidades y profesionales de la salud conozcan y utilicen MIPRES. A la fecha, 6.316 profesionales de la salud, personal administrativo y usuarios han asistido a las 82 sesiones de socialización y orientación adelantadas con 25 EPS, 508 IPS, 12 secretarías de salud, 23 alcaldías, siete sociedades científicas y agremiaciones y 29 casas farmacéuticas.
Actualmente, las 14 EPS que concentran el 98,4% de la población afiliada al régimen contributivo están inscritas en MIPRES han activado 331 IPS y 3.468 profesionales de la salud independientes. De igual manera, 14.453 profesionales médicos, optómetras y odontólogos y 311 profesionales en nutrición y dietética se encuentran inscritos como prescriptores y ordenadores, respectivamente. Así mismo, 2.092 usuarios se encuentran activos para el cargue de las decisiones que adopten las Juntas de Profesionales de la Salud, 56 usuarios para la transcripción de fallos de tutela y 65 para los eventos de contingencia.
El Ministerio reitera la invitación para que los profesionales de la salud verifiquen su inscripción en el Registro de Talento Humano en Salud (ReTHUS), realicen los trámites pertinentes en el portal de www.miseguridadsocial.gov.co y obtengan su clave y contraseña en MIPRES.