Entra en liquidación judicial la sociedad C.I. Gloma S.A., relacionada con la familia Alvear y la Universitaria San Martín
— La Superintendencia de Sociedades decretó la liquidación judicial de la sociedad C.I. Gloma S.A, empresa con estrechos vínculos con la Fundación Universitaria San Martín y relacionada con el grupo empresarial de la familia Alvear, en cabeza de Mariano Alvear Sofán, Martín Alvear Orozco y José Santiago Alvear.
El organismo de control informó que la decisión contenida en el auto 400-000526 de enero de 2017, se tomó luego de que informes de la delegatura de Inspección, Vigilancia y Control, determinara que la sociedad se encuentra incursa en abandono de los negocios.
Al respecto el superintendente Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, recordó que desde el 15 de abril de 2015, mediante Resolución 203-001262, se declaró la existencia de grupo empresarial en el que los señores Mariano Antonio Alvear Sofán, Martín Eduardo Alvear Orozco y José Santiago Alvear Orozco, ostentaban la calidad de controlantes conjuntos sobre las sociedades Inversiones Alvear Orozco S en C S. en liquidación, Inversiones Orozco Alvear Ltda., en liquidación, Prodomed Ltda., en liquidación judicial, Gráficas San Martin Ltda., en liquidación judicial, y C I Gloma S.A.
A partir de esta decisión, CI Gloma S.A. queda imposibilitada para realizar operaciones en desarrollo de su actividad comercial y únicamente conservará su capacidad jurídica para desarrollar los actos necesarios tendientes a la inmediata liquidación del patrimonio, sin perjuicio de aquellos que busquen la adecuada conservación de los activos.
“Los actos celebrados en contravención a lo anteriormente dispuesto, serán ineficaces de pleno derecho”, advirtió el superintendente Reyes Villamizar tras explicar que “el proceso inicia con activo desconocido a la fecha y su valor será determinado al momento de aprobarse el inventario valorado de bienes por parte del juez del proceso.
La Superintendencia de Sociedades ordenó además a los ex representantes de C.I. Gloma S.A., que dentro del mes siguiente, presente su rendición de cuentas, en los términos que ordenan la ley y advirtió que el incumplimiento de la anterior orden puede acarrear la imposición de multas, sucesivas, de hasta doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes.