La Procuraduría General le solicitó a la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá que revoque el fallo emitido por el juzgado 11 penal de conocimiento por medio del cual se absolvió a Laura Milena Moreno Ramírez y Jessy Mercedes Quintero Moreno por el asesinato del estudiante Luis Andrés Colmenares.
De acuerdo con el delegado del Ministerio Público, hay elementos materiales probatorios que permiten inferir que la muerte del joven de 20 años fue producida por un tercero, es decir que se trató de un homicidio y no de un acccidente.
Para el ente de control, la funcionaria judicial omitió las pruebas que demuestran que las heridas fueron producidas por un golpe y no por el efecto de una caída.
En un informe se indica que las heridas que se registraron en el rostro y pecho del estudiante de la Universidad de los Andes fueron producidas por un objeto contundente.
“La muerte de Luis Andrés Colmenares se presentó por una conjugación de factores, esto es, que fue objeto de una aleve agresión que le ocasionó múltiples heridas, traumas y fracturas en su rostros, de las cuales devino un estado de inconsciencia” , afirmó el ente de control.
La Procuraduría cuestiona el hecho que la jueza del caso descartó de un solo tajo las conclusiones presentadas por el médico forense Máximo Duque, quien fue el encargado de hacer la exhumación de Luis Andrés Colmenares Escobar en julio de 2011 en el cementerio de Villanueva (La Guajira).
Según con la Procuraduría, no se valoraron todos los elementos documentales aportados en el juicio frente a las causas de las heridas que registraba el joven.
También consideró que se omitieron las conclusiones en la necropsia realizada el 1 de noviembre de 2010 donde se indica que el cuerpo presentaba “livideces dorsales fijas y otras livideces tenues a nivel dorsal”.
La Procuraduría advierte que existen muchas dudas sobre el estado en el que fue encontrado el cuerpo de Colmenares por parte de los bomberos en el canal de aguas lluvias, así como las características que presentaba el cuerpo que tampoco fueron resueltas en la decisión judicial.
Por último, el ente de control comentó que la muerte de Colmenares Escobar debe ser calificada por parte de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá como un homicidio.
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