Mediante resolución 1952 de mayo de 2017, un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia, ordenó archivar la investigación del famoso video donde aparecía Oscar Iván Zuluaga y el hacker Andrés Fernando Sepúlveda, cuyo peritaje fue realizado por el abogado forense Andrés Guzmán Caballero y presentado como prueba de la defensa del ex candidato presidencial.
Para el fiscal no hay fundamento para continuar con el proceso por “falsa denuncia, ya que puede suceder que los medios de comunicación editen este tipo de material con fines periodísticos y denunciar estos hechos no configura el delito de falsedad; el trabajo de los peritos consistió en transmitir una percepción válida y obvia para cualquiera que lo vea, lo cual fue confirmado por otros expertos, incluso de la Fiscalía, haciendo que desaparezca la posibilidad de fraude procesal.
Si bien la denuncia no procede como falsa, el aporte del estudio técnico tampoco puede considerarse fraudulento y con la capacidad de inducir a un error a los funcionarios que lo vieran. Así como tampoco constituyó una prueba para entorpecer las investigaciones que se adelantaban por las interceptaciones al proceso de paz.
Es por esta razón que la Fiscalía decide “que la conducta que se le atribuye a Andrés Guzmán Caballero, Jaime Enrique Granados y Oscar Iván Zuluaga no se adecua objetivamente a la prevista en los artículos 435 y 453 del código penal, ni a ninguno otro de los tipos penales allí consagrados, por lo cual es procedente ordenar el archivo de las diligencias de conformidad con el artículo 79 de la ley 906 de 2004, al constatarse la atipicidad objetiva de los hechos denunciados”.