Procurador y Contralor piden tumbar talanqueras que impedirán sancionar a los corruptos
–El Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez y el Contralor General de la República, Edgardo Maya Villazón, pidieron al Congreso retirar de un proyecto de acto legislativo en trámite, las disposiciones que recortan las facultades de estos organismos de control para sancionar a los corruptos.
Se trata del proyecto de Acto Legislativo Nro. 012 de 2017, que cursa en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, cuyos artículos 1 y 14, someten a consulta judicial las inhabilidades que impongan los dos entes de control a servidores públicos de elección popular.
Al efecto, Carrillo Florez y Maya Villazón en carta a los ponentes de la iniciativa señalan que de aprobarse el mecanismo de consulta judicial se podría generar un choque de trenes entre las autoridades que tendrían que conocer ese recurso, y quienes conozcan una eventual acción contenciosa para buscar la nulidad de la sanción, lo que de paso conllevaría a generar congestión judicial.
Adicionalmente señalan que “adoptar normas como las enunciadas, además de innecesario por cuanto no se requieren para el cumplimiento de compromisos internacionales, resulta lesivo de las competencias constitucionales atribuidas a los órganos de control, generando más trámites y congestión judicial, a la vez que mandan un mensaje erróneo a la sociedad, pues con el argumento de defender los derechos políticos terminaría premiándose la participación en procesos electorales, de quienes han sido sancionados por violar la ley y afectar el patrimonio público”.
Igualmente advierten que los textos propuestos a estudio del Congreso no son susceptibles de aprobación por la vía del fast track, pues no se refieren a materias para agilizar y garantizar la implementación del acuerdo de paz.
“Ninguna relación existe entre el Acuerdo Final y el hecho de someter el cumplimiento de las decisiones sancionatorias de la Procuraduría o la Contraloría General de la República al grado jurisdiccional de consulta”, afirman.
En su misiva recuerdan, además, que la Corte Constitucional en la sentencia C – 028 de 2006, magistrado ponente Humberto Sierra Porto, sobre la sanción de destitución e inhabilidad general precisó que “la facultad que le otorgó el legislador a la Procuraduría General de la Nación para imponer sanciones disciplinarias temporales o permanentes que impliquen restricción del derecho de acceso a cargos públicos, no se opone al artículo 93 constitucional ni tampoco al artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica”.
Finalmente, advierten que el derecho a acceder a un cargo, a elegir y ser elegido no es absoluto, sino que tiene límites establecidos en la Constitución y la ley.
“De lo que se trata es que personas que ya demostraron que incumplieron sus deberes y obligaciones en los cargos a los que fueron elegidos, y que, en tal virtud fueron objeto de fallos disciplinarios o de responsabilidad fiscal, no puedan acceder, sin más ni más, a ser nuevamente elegidos a un cargo público. Consideramos que debe romperse ese círculo vicioso en el país”.
Algunos aparte de la carta son los siguientes: