Judicial

Condenaron a policía que mató a una mujer durante persecusión en Bogotá

Un juez de la capital profirió sentencia condenatoria en contra del uniformado de la Policía Nacional, Didier Fabián Patiño Muñoz, como autor responsable del delito de homicidio culposo, por el que deberá purgar 32 meses de prisión.

Los hechos se registraron a las 2:00 de la mañana del viernes 8 de marzo de 2013, cuando un hombre identificado como Julián Camilo Mariño Celis, conducía a alta velocidad, al parecer bajo efectos de la marihuana, un vehículo rojo tripulado por seis personas.

De acuerdo con la Fiscalía, al llegar a la Avenida Boyacá con Primera de Mayo, sentido norte sur, agentes de la Policía hicieron una señal de pare a Mariño Celis quien la desatendió y aceleró, emprendiendo la huida a gran velocidad.

Por su parte, los policías Patiño Muñoz y otro quien fue identificado Carlos Mario Begambre Oviedo iniciaron la percusión en una motocicleta, pero cuadras más adelante el automotor fue perdido de vista por lo que fue solicitado el apoyo de otros uniformados.

Minutos más tarde, en la carrera72 b con calle 2ª en el barrio Américas Occidental, en la localidad de Kennedy, sur de la capital del país, el conductor al percatarse de la presencia de la Policía de nuevo huyó realizando un giro para evadir a los uniformados.

En medio de la persecución, el patrullero Didier Fabián Patiño Muñoz habría accionado su arma impactando en la humanidad de Adriana Janeth Jiménez Abella, quien se encontraba en la silla trasera, al costado izquierdo, del vehículo en fuga.

Aun así, advirtió la fiscal, el conductor Juan Camilo Mariño Celis continuó con la evasión trasladándose a la residencia del esposo de la víctima y luego al hospital de El Tunal, en donde Jiménez Abella llegó sin signos vitales.

Entretanto, el patrullero Patiño Muñoz se presentó horas después de manera voluntaria en la Fiscalía para responder por lo sucedido.

El uniformado en audiencias públicas no aceptó los cargos porque dijo que aunque el arma si la llevaba en su mano derecha, nunca disparó con la intención de quitarle la vida a la mujer sino que se detonó por accidente en medio de la persecución cuando la motocicleta brincaba y trataba de mantener el equilibrio.

Versión del patrullero que conducía la motocicleta policial

De acuerdo con lo manifestado por el uniformado Carlos Mario Begambre Oviedo, encargado de la conducción de la motocicleta, un vehículo rojo con sobre cupo hace un giro inesperado de 180 grados. “Yo acelero la moto y al alcanzarlos golpeo el bómper izquierdo trasero en cuestión de segundos, la motocicleta es pesada, por eso perdí el equilibrio”.

Agregó que “no vi bien si mi compañero llevaba el arma desenfundada pero después del golpe escuché la detonación detrás de mi hombro derecho, caímos y de nuevo seguimos detrás del carro y seguimos con la persecución”. Este fue el testimonio dado en el juicio oral el 18 de agosto de 2016.

Versión de Julián Camilo Mariño Celis

En versión dada el 3 de mayo de 2016, explicó que cuando iba conduciendo por la Avenida Boyacá, en el carril de norte a sur, a la altura de la Calle 3ª, vio a cuatro uniformados, cuatro personas vestidas de verde.

“No vi conos, no vi señales de pare en la Avenida Boyacá en el carril rápido, cuando me paso al carril lento el semáforo estaba en color rojo, yo me detuve en ese momento entonces veo a un policía que se me acerca al vehículo y yo arranco porque tenía sobrecupo y supongo que se dio cuenta y la verdad yo arranqué”, agregó.

Dijo que continuó la marcha y antes de llegar a la Primera de Mayo giro a la derecha, “veo un retén de tránsito con conos ahí vi a unos 11 policías pero no me hacen señales de pare y continúo con la gente que llevo en el carro”.

A su turno los testigos al rendir su versión advirtieron que esa noche, el carro rojo no acató el pare de uno de los patrulleros y que casi los atropella y en la madrugada del 8 de marzo de 2013.

Para el Juez 37 del circuito de conocimiento, la versión de Mariño Celis careció de credibilidad y en consecuencia compulsó copias a la Fiscalía para que le sea abierta una investigación como presunto autor del delito de falso testimonio por la eventual participación en el homicidio de Adriana Janeth Jiménez Abella.

Por ir conduciendo el vehículo era el garante de la vida de estas personas y si hubiera atendido la orden de los uniformados seguramente nada de esto hubiera ocurrido” concluyó.

El uniformado quedó inhabilitado a durante 4 años para ejercer cargos públicos y deberá pagar 26.66 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv).