Este año 980 personas, entre mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, sus hijos y familiares, han sido acogidas por las Casas Refugio del Distrito donde les han brindado vivienda, alimentación, atención en salud, educación, orientación sicosocial y jurídica hasta por cuatro meses.
De esta manera la Secretaría Distrital de la Mujer implementa acciones orientadas a la prevención, atención y restablecimiento de los derechos humanos vulnerados a las mujeres.
Por esta razón cuenta con cuatro refugios para mujeres víctimas de violencias al interior de la familia y una para mujeres víctimas de violencias en el marco del conflicto armado.
Con el fin de romper el ciclo de violencia al cual han sido sometidas, a través de procesos de desarrollo personal se les fortalece en estos lugares su autoestima. De igual forma se les garantiza la protección manteniendo en confidencialidad y reserva la ubicación de estas residencias.
La Administración de Enrique Peñalosa garantizó las vigencias futuras para el funcionamiento de estos sitios hasta el 2019, gracias a la aprobación del Concejo de Bogotá.
¿Quiénes no pueden ser acogidas en Casa Refugio?
– Personas que presenten enfermedades de tipo psiquiátrico con o sin medicación, así se encuentren incluidas en la medida de protección.
– Mujeres que no presenten una situación de violencia pero que necesiten cubrir sus necesidades básicas.
– Personas con enfermedad grave que requieran atención especializada.
– Personas consumidoras de sustancias psicoactivas.
– Mujeres que solicitan acogida pero que representan riesgo para otras mujeres al interior de la casa.
– Hombres mayores de 18 años que se encuentren incluidos en la medida de protección.
– Niñas, niños y adolescentes no acompañados porque ese trabajo requiere otro abordaje y metodología.