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Nacional

Superindustria ordena a Tuticket reintegrar dinero a compradores de boletas para 17 espectáculos cancelados

–La empresa Tuticket.com deberá devolver el dinero a los compradores de boletas para 17 espectáculos que no se realizaron entre 2015 y 2016, de acuerdo con una decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio, la cual estableció que de no hacerlo la sancionará con el cierre temporal de su sitio web y la prohibición de ejercer la actividad de venta e intermediación de boletería para espectáculos públicos en Colombia.

La medida fue adoptada a través de la Resolución 73224 del 14 de noviembre de 2017, y el reintegro del dinero deberá producirse dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación de la Orden, al menos el noventa por ciento (90%) del dinero adeudado a los compradores.

En el comunicado la Superindustria hace las siguientes precisiones:

El pasado 23 de octubre de 2017, la Superintendencia de Industria y Comercio formuló Pliego de Cargos contra GRUPO TUTICKET.COM COLOMBIA S.A.S., entre otras conductas, por la presunta falta de calidad en la prestación del servicio posventa.

En el curso de la investigación y al verificar la relación de los espectáculos públicos cancelados y modificados en 2015 y 2016 por TUTICKET.COM, la Superindustria evidenció que a la fecha TUTICKET.COM no ha realizado la devolución o el reintegro a los consumidores del dinero correspondiente a 1.910 boletas, suma que asciende a trescientos ochenta y un millones setecientos cincuenta y cinco mil quinientos pesos ($381.755.500), así:

Por lo anterior, y con el fin de que no se siga causando un perjuicio a los consumidores que adquirieron dicha boletería, la Superintendencia de Industria y Comercio le ORDENÓ a la sociedad GRUPO TUTICKET.COM COLOMBIA S.A.S., lo siguiente:

REINTEGRAR dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación de la Orden, como mínimo, el noventa por ciento (90%) del dinero adeudado a los consumidores por concepto de la cancelación o modificación de los espectáculos públicos programados para los años 2015 y 2016.
ACREDITAR el cumplimiento a la orden dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al plazo concedido.

En caso de incumplimiento de esta orden, la Superintendencia de Industria y Comercio, impondría como medida cautelar, el cierre hasta por treinta (30) días calendario prorrogables, el bloqueo temporal de acceso al medio de comercio electrónico de TUTICKET.COM, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), lo que implicaría no poder ejercer la actividad de venta e intermediación de boletería para espectáculos públicos en Colombia.

No procedencia de recursos

Contra la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio, NO procede ningún recurso.