Aprobada ley que extiende vigencia para emisión de Estampilla Pro Universidad de la Guajira
La Presidencia de la República sancionó la ley que extiende el uso de la Estampilla Pro Universidad de La Guajira. La norma facultará a la Asamblea del departamento de La Guajira, a ordenar la emisión de la Estampilla Pro Universidad de La Guajira, por la suma autorizada.
Y, para que, a través de ordenanzas, reglamente el uso obligatorio de la misma en las actividades y operaciones que se realicen en el departamento y sus municipios. Las cuáles serán remitidas para conocimiento del Gobierno Nacional al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
De la misma manera autoriza a la Gobernación de La Guajira para la fiscalización, liquidación oficial, cobro y recaudo de los valores producidos por el uso de la estampilla en las actividades del departamento.
La Universidad de La Guajira deberá rendir un informe anual en marzo de cada año, ante las Comisiones Terceras de Senado y Cámara de Representantes, sobre los montos recaudados y la ejecución de dichos recursos. La transferencia de los recursos a la Universidad de La Guajira, se entregarán de manera oportuna después de su retención.
El agente retenedor o autorretenedores que no consignen por concepto de retención en la fuente, dentro del término previsto en el parágrafo anterior, cuando se utilice este sistema, se expone a las sanciones previstas en el artículo 402 del Código.