Corte Constitucional declara nula sentencia que ordenaba realizar la consulta antitaurina en Bogotá
La sala plena de la Corte Constitucional declaró nula la sentencia que ordenaba realizar la consulta antitaurina en Bogotá, al considerar que esa facultad solo le correspondía al Congreso de la República.
Para la decisión, se estuvo presente la ponencia del magistrado Carlos Bernal, para quien el Congreso de la República es la autoridad que debe prohibir los espectáculos taurinos y no la autoridad local como en su momento la había convocado el alcalde Gustavo Petro.
En la consulta, los bogotanos debían responder la siguiente pregunta: “¿Está usted de acuerdo, Sí o No, con que se realicen corridas de toros y novilladas en Bogotá Distrito Capital?”.
Aquellos que cuestionaron la realización de la consulta argumentaron que “la celebración de corridas de toros y novilladas están protegidas mediante la Ley 916 de 2004, por lo cual, una decisión local no podría tener el efecto de inaplicar una ley nacional”; además consideraban que “la pregunta aprobada por el Concejo Distrital (…) afecta el ejercicio de derechos fundamentales de quienes ejercen y disfrutan de las corridas de toros”.
Por su parte, Natalia Parra, directora de la plataforma animalista Alto y una de las promotoras de la consulta antitaurina, cuestionó la decisión pues, según ella, demuestra cómo los mecanismos promovidos por la ciudadanía se ven frustrados cuando se toca algún interés económico.
“El voto de los ciudadanos solo sirve cuando es para votar por otro, pero cuando somos los que promovemos procesos como el de la consulta antitaurina, que toca los intereses de tantos poderosos, es cuando se nota que la democracia participativa solo está en el papel. Ahora el camino que nos toca es impulsar los procesos que avanzan en el Congreso”, puntualizó Parra.