Personalizar preferencias de consentimiento

Utilizamos cookies para ayudarte a navegar de manera eficiente y realizar ciertas funciones. Encontrarás información detallada sobre todas las cookies en cada categoría de consentimiento a continuación.

Las cookies que se clasifican como "Necesarias" se almacenan en tu navegador, ya que son esenciales para habilitar las funcionalidades básicas del sitio.... 

Always Active

Necessary cookies are required to enable the basic features of this site, such as providing secure log-in or adjusting your consent preferences. These cookies do not store any personally identifiable data.

No cookies to display.

Functional cookies help perform certain functionalities like sharing the content of the website on social media platforms, collecting feedback, and other third-party features.

No cookies to display.

Analytical cookies are used to understand how visitors interact with the website. These cookies help provide information on metrics such as the number of visitors, bounce rate, traffic source, etc.

No cookies to display.

Performance cookies are used to understand and analyze the key performance indexes of the website which helps in delivering a better user experience for the visitors.

No cookies to display.

Advertisement cookies are used to provide visitors with customized advertisements based on the pages you visited previously and to analyze the effectiveness of the ad campaigns.

No cookies to display.

Nacional

Consejo de Estado anuló laudo arbitral contra Invías

Radio Santa Fe BB
El Consejo de Estado a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, anuló el laudo arbitral proferido por el Tribunal de Arbitramento del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, el cual fue convocado para dirimir la diferencias entre el Instituto Nacional de Vías (Invías) y el Consorcio Doble Calzada Buenaventura (conformado por CONALVÍAS S.A, ASMI Construcciones S.A y Puentes y Torrones S.A,), en el marco del contrato 3396 de 2006.

De acuerdo con la sentencia, el Consejo de Estado negó las pretensiones económicas del Consorcio Doble Calzada Buenaventura las cuales de acuerdo con la liquidación del Invías ascendían a más de $9.000 millones y en la solicitud de pago presentado por el Consorcio Doble Calzada Buenaventura, la condena se encontraba en $15.000 millones.

Además de anular el laudo arbitral, el Consejo de Estado negó la restitución de honorarios y no condenó en costas en esta instancia judicial.

Esta decisión garantiza los derechos del Instituto Nacional de Vías en defensa del patrimonio público.

Es de anotar que el Consorcio Doble Calzada Buenaventura, ejecutó las obras de la primera fase de la construcción de la vía que comunica al centro del país con el principal puerto sobre el pacifico colombiano, en el tramo Altos de Zaragoza-Cisneros.