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Bogotá

Se disparó el acoso laboral en Bogotá: 972 casos en los primeros seis meses del año

Un estudio de la Universidad Libre reveló que se disparó el acoso laboral en Bogotá. Solo en los primeros seis meses del año se presentaron 972 quejas por esta conducta ante Min Trabajo, un 48 por ciento más que el año pasado.

A nivel nacional, está problemática tampoco da tregua y sigue en aumento. Entre enero y junio de 2017 se habían denunciado 803 casos, mientras que en 2018, en el mismo periodo, se han instaurado 1.406 quejas, evidenciando un crecimiento en el número de registros cercano al 42 por ciento.

Así lo revela un informe reciente de la Universidad Libre, que advierte que si las cifras se mantienen con esta tendencia, el año podría cerrar con un incremento del 50 por ciento en el porcentaje de casos por acoso laboral, es decir con unas 3.000 denuncias. Para recordar, el 2017 terminó, según Min Trabajo, con 2005 quejas, pero a junio de 2018 ya llevábamos 1.406.

Según Jaime Avendaño, profesor de Derecho Laboral de esta institución, “menos del 10 por ciento de las denuncias por este tipo de conductas se resuelven a favor del afectado. Pero también es cierto que aproximadamente el 38 por ciento de las quejas que se remiten a las autoridades por esta problemática, son injustificadas”, afirmó.

Acoso laboral por regiones

Bogotá, con 972 casos, se lleva el indecoroso primer lugar; seguida de Valle (109 denuncias), Bolívar (61), Antioquía (48), Atlántico (31), Tolima y Risaralda (26) y Caldas 25.

“Otros departamentos como Casanare, Magdalena, Huila, Norte de Santander, Quindío y Meta tuvieron indicadores de entre 12 y 24 reportes”, señaló Avendaño.

Al hacer un comparativo de esta problemática en los primeros seis meses de 2017 y 2018, las cifras son alarmantes. “Mientras que el año pasado el Min Trabajo recibió 803 denuncias, a junio de este año llevábamos 1.406 quejas”, cuestionó.

Solo en Bogotá, este incremento ha sido de casi el 48 por ciento, pasando de 492 casos en 2017 a 972 en 2018; lo mismo ocurrió en el Valle, Bolívar o Casanare que presentaron un aumentó en los indicadores superior al 35%.

Por género, el acoso laboral parece afectar más a las mujeres. Ellas, el año pasado, interpusieron 108 denuncias por esta conducta, contra 82 de los hombres.

“Como dato curioso, Atlántico, Caldas, Magdalena, Norte de Santander, Quindío, Tolima y Valle, fueron los únicos departamentos en los que se registraron más casos de acoso laboral en los hombres que en las mujeres”, destacó Avendaño.

Vale aclarar que la diferencia existente de estos indicadores respecto de los cuadros anteriores, obedece a que en algunas ocasiones Min Trabajo recibe solicitudes anónimas de intervención por acoso laboral, en las cuales no se específica el género del denunciante.

Abecé de esta problemática

El acoso laboral se entiende como los comportamientos que se presentan en las empresas privadas o en las entidades públicas y que se relacionan con maltrato, persecución, inequidad, desprotección, entorpecimiento y discriminación.

Se puede presentar de un jefe hacía a un subalterno, de un empleado hacía su superior o entre compañeros. “No tiene distinción de clases, niveles o cargos. Desde el presidente de la compañía hasta la persona que sirve los tintos puede ser víctima de esta situación”, indicó Avendaño.

Dentro de esta conducta se incluye también el acoso sexual, que en ciertas circunstancias puede incluso trascender al ámbito penal. “La ley ordena a todas las empresas tener un comité de convivencia interno, confidencial, conciliatorio y efectivo que evalúe las denuncias de este tipo”, afirmó.

Dependiendo de la gravedad del caso, el acosador deberá ser alejado de la víctima; y mientras ésta es protegida, se debe adelantar la investigación interna, que puede tardar hasta seis meses y derivar incluso en el despido del agresor.

Avendaño reiteró que si la persona acosada no encuentra garantías en el comité de convivencia de su empresa, “también podrá acudir a un Inspector del Ministerio de Trabajo, a la Procuraduría (si es empleado público), para interponer la queja o denuncia o iniciar demanda ante el Juez Laboral”.

Hay conductas que no se pueden considerar acoso laboral, entre ellas, las exigencias del jefe para que un trabajador sea más productivo, cumplidor y responsable, cuando le cambia el plan de trabajo o si le pide que haga horas extras con causa o motivo justo.

Doce comportamientos comunes del acoso laboral:

1. Agresión física.

2. Ofensas e injurias por raza, género, origen familiar, estatus social y preferencia política o sexual.

3. Comentarios hostiles y humillantes de descalificación profesional.

4. Amenazas injustificadas de despido hechas en público.

5. Descalificación humillante de propuestas u opiniones.

6. Burlas sobre la apariencia física o la forma de vestir.

7. Invasión de la intimidad.

8. Órdenes extrañas distintas a las obligaciones laborales o exigencias desproporcionadas.

9. Citaciones constantes injustificadas para trabajar en horarios excesivos respecto a la jornada laboral, cambios sorpresivos de turnos y exigencia permanente para laborar domingos o días festivos sin fundamento objetivo.

10. Trato discriminatorio respecto a los demás empleados.

11. Negar permisos necesarios injustificadamente, como licencias por enfermedad o maternidad, calamidad doméstica y vacaciones.

12. Envío de anónimos, llamadas telefónicas y mensajes virtuales con contenido injurioso, ofensivo o intimidatorio.