Según la Organización Mundial de la Salud, una discapacidad es un término general que abarca las deficiencias, las limitaciones de la actividad y las restricciones de la participación. Las deficiencias son problemas que afectan a una estructura o función corporal; las limitaciones de la actividad son dificultades para ejecutar acciones o tareas, y las restricciones de la participación son problemas para participar en situaciones vitales.
Con el objetivo de beneficiar a las personas en condición de discapacidad, el Ministerio de Salud y Protección Social reglamentó el certificado y registro de discapacidad (Resolución 0583 de 2018). Este registro permitirá identificar a esta población para desarrollar acciones que garanticen sus derechos.
El proceso estará a cargo de las entidades promotoras de salud – EPS, quienes serán las directas responsables de expedir el certificado a través de su red prestadora de servicios.
¿Qué es un certificado de discapacidad?
Es un documento personal e intransferible que se entrega a aquellas personas que, después de una valoración clínica multidisciplinaria, se identifiquen con algún tipo de discapacidad. Este documento es expedido por las EPS y administradoras de los regímenes especial y de excepción.
PASOS PARA SOLICITAR EL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD.
1. La persona con discapacidad o su representante, solicita voluntariamente al médico tratante, la remisión al equipo multidisciplinario quien será el encargado de otorgar el certificado.
2. Según la remisión dada por el médico tratante, la persona tendrá una consulta con el equipo multidisciplinario en la institución o en el domicilio del paciente. Esta consulta no tendrá cobros de cuotas moderadoras o copagos.
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Es necesario que el paciente cuente con un diagnóstico previo para iniciar el proceso de certificación de la discapacidad.
EQUIPOS MULTIDICIPLINARIOS.
Estos equipos estarán conformados por un número impar de profesionales de la salud, que cuenten con certificación de discapacidad, cada uno de áreas diferentes, que incluya:
Médico general o especialista.
Mínimo 2 profesionales de las siguientes áreas: fisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología, psicología, enfermería o trabajo social.
Para la conformación de estos equipos, se debe tener en cuenta las características de cada caso.
3. Una vez finalizada la consulta con el equipo multidisciplinario, este expedirá el certificado el cual debe contener:
Datos personales del solicitante.
Institución asignada para prestar los servicios de salud (IPS).
Lugar y fecha de expedición.
Categoría de la discapacidad.
Nivel de dificultad en el desempeño.
Perfil de funcionamiento de la persona.
4. Si la persona o excepcionalmente su representante considera que su condición no se encuentra debidamente reflejada en el documento, podrá solicitar una segunda opinión dentro de los 10 días hábiles siguientes.
ACTUALIZACIÓN DEL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD.
Si ya se cuenta con un certificado, solo debe actualizarse en los siguientes casos:
Cuando el menor de edad certificado cumpla 6 años.
Cuando el menor de edad certificado cumpla 18 años.
Cuando por criterio médico la discapacidad se modifique de manera positiva o negativa.
BENEFICIOS DEL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD.
Las personas en condición de discapacidad cuentan con unos derechos a los cuales pueden acceder de manera más ágil y fácil gracias al certificado de discapacidad. Algunos beneficios son:
Excepción de pago de UPC adicional.
Subsidios de transporte.
Excepción de pico y placa.
Subsidios económicos.
Prioridad en la otorgación de subsidios de vivienda.
Normatividad:
Resolución 0583 de 2018
Circular externa 09 de 2017