Economía

¿Cómo la nueva ley de financiamiento afectará la tributación directa de las empresas?

Foto de archivo

El Proyecto de Ley de financiamiento presentado por el Gobierno tiene como objetivo crear fuentes de financiamiento adicionales para cubrir las necesidades de gasto que enfrenta el gobierno en 2019 e incrementar el crecimiento económico y la progresividad del sistema tributario. La aprobación de la Ley deberá darse antes de finalizar el año gravable 2018 para que la misma pueda tener efectos a partir del 1 de enero de 2019.

Para lograr la aprobación de la Ley, es probable que se requiera citar a sesiones extraordinarias al Congreso de la República. Algunos de los puntos clave que plantea el proyecto presentado son los siguientes:

– Cambios en materia del impuesto a las ventas (IVA) reduciendo la tarifa pero ampliando la base de bienes y servicios sujetos al impuesto.
– Modificaciones al impuesto sobre la renta de las personas jurídicas respecto de la tarifa aplicable, deducciones permitidas, descuentos tributarios, rentas exentas, entre otros temas.
– Nuevo impuesto a los dividendos pagados a sociedades nacionales.
– Ajustes al sistema cedular aplicable en materia del impuesto sobre la renta de las personas naturales, eliminando beneficios tales como aportes voluntarios a pensiones y limitando al 35% las deducciones en general.
– Nuevo impuesto al patrimonio para personas naturales y sociedades del exterior.
– Nuevo impuesto de normalización tributaria.
– Nuevas reglas antiabuso.
– Incentivos tributarios a las mega-inversiones.

“En materia de impuesto de renta, la propuesta del Gobierno es, en términos generales, una buena noticia para las empresas; no porque esté planteando concederles beneficios, sino porque de aprobarse, empezaría a revertir las reformas pasadas, que han incrementado su carga tributaria a
niveles que le han restado competitividad a ellas y al país. La reforma tributaria respeta la eliminación de la sobretasa de impuesto de renta establecida en la reforma de 2016, de manera que a partir del año 2019 la carga tributaria de las empresas se va a disminuir. En efecto, a partir de 2019 la tarifa será del 33%, reduciéndose en un punto porcentual por año a partir de 2020, hasta llegar a 30% en 2022. Otra propuesta importante es la de permitirle a los contribuyentes deducir la totalidad de los impuestos, tasas y contribuciones pagadas y, en el caso del GMF y del ICA, optar entre esta deducción o el acreditamiento del 50% del impuesto pagado”, comentó Jaime Vargas, Socio y líder de impuestos de EY Colombia.

“Importante también la eliminación del impuesto sobre renta presuntiva, que se haría gradualmente entre 2019 y 2022, mediante la reducción año a año del porcentaje que se aplica sobre el patrimonio base de cálculo. Como medida para hacer menos gravosa la adquisición de activos, se propone permitir que el IVA pagado en su adquisición se pueda tomar como crédito contra el impuesto de renta. No es una medida perfecta, pero es mejor que la que hoy se tiene. También habrá una disminución gradual de la renta presuntiva. Por otra parte, se plantean nuevos incentivos para el sector agrícola (10 años de renta exenta) y para las empresas calificadas dentro de la economía naranja (5 años de renta exenta)”, añadió Jaime Vargas.

Buscando la formalización de la economía, se plantea un régimen simple de tributación en el que pueden registrarse de manera voluntaria “pequeños” contribuyentes que reúnan ciertas características. El régimen SIMPLE consolida en un sólo impuesto, el impuesto de renta, el impuesto de industria y comercio y el impuesto al consumo. La DIAN estaría facultada además para registrar de oficio en el régimen SIMPLE a contribuyentes que hayan incumplid con su deber de declarar ciertos impuestos. La meta es lograr que por lo menos un tercio de las 1,2 millones de empresas informales se incorporen al sistema.

Qué deben saber las empresas sobre la facturación electrónica
En cuanto a la implementación de la factura electrónica, se proponen algunos cambios importantes:

-Cuando no pueda llevarse a cabo la validación previa de la factura electrónica por razones tecnológicas atribuibles a la DIAN, el vendedor estaría facultado para entregar al adquirente la factura electrónica sin validación previa y deberá enviarla a la DIAN dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del momento en que se solucionen los problemas tecnológicos.

-Los responsables del IVA podrán solicitar a quienes expidan documentos equivalentes bajo sistema POS, una factura para tomar impuestos descontables, costos y deducciones.

-Desde el 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2019 no se cobrarán sanciones por la no emisión de facturas electrónicas cuando el contribuyente esté en obligación de emitirlas, siempre y cuando el responsable emita la factura tradicional y demuestre que existen impedimentos tecnológicos o una razón comercial justificable para no hacerlo.

-Dentro de las definiciones y obligaciones de los proveedores tecnológicos se incluyen aquellas relacionadas con la generación de las facturas que no se encontraban incluidas. Así mismo, se les imponen ciertas obligaciones que permitan garantizar que cumplan con todas las condiciones de servicio requeridas por la DIAN.