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Gobierno intenta desconocer decisión de la Corte sobre toallas higiénicas y tampones

La nueva propuesta de reforma tributaria del gobierno, deja por fuera de los productos exentos de IVA a las toallas higiénicas y tampones. La Red por la Justicia Tributaria llamó la atención sobre este punto, que desconoce la reciente sentencia de la Corte Constitucional, un hito en la historia de la política tributaria en Colombia.

En la sentencia C 117/18, del 14 de noviembre de este año, la Corte reconoce que el sistema tributario puede generar discriminación hacia las mujeres, como efectivamente lo declaró respecto del IVA del 5% a tampones y toallas higiénicas establecido en el art. 185 de la Ley 1819 de 2016.

Además, la Corte ha reconocido que el acceso a productos de higiene menstrual tiene efectos directos en el ejercicio de derechos fundamentales de las mujeres, como el derecho a la salud y a la dignidad.

La ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, sustentó la inexequibilidad del impuesto en la violación del Art. 363 de la Constitución Política, que establece los principios de equidad, eficiencia y progresividad: “La Corte Constitucional encontró que la imposición del IVA a toallas higiénicas y tampones tiene un impacto desproporcionado para las mujeres y, en especial, para aquellas de escasos recursos, porque estos bienes no son sustituibles en la actualidad por otros de menor o igual valor económico y son de uso necesario para el ejercicio de otros derechos fundamentales por parte de las mujeres como el derecho a la dignidad”, declara el comunicado 48 de la Corte Constitucional, sobre la sentencia C-117/18.

No queda otro camino al gobierno del presidente Iván Duque que acatar la decisión de la Corte Constitucional. La Red por la Justicia Tributaria pide al Congreso de la República que se incluyan estos productos en la canasta de exentos, así como los demás de higiene menstrual, como copas, esponjas y toallas o compresas reutilizables.