Procuraduría formuló cargos a exgerente de proyectos de la ANI por violar Estatuto Anticorrupción
–Por aparentemente utilizar información obtenida en el ejercicio de su cargo para beneficiar intereses particulares, luego de retirarse de esa entidad pública, la Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos al exgerente de Proyectos de la Agencia Nacional de Infraestructura, ANI, Edgar Chacón Hartmann.
La investigación del ministerio público estableció que Chacón Hertmann luego de retirarse de la ANI en diciembre de 2015, ingresó tres meses después a la compañía Asesores y Consultores, Presoam, a ocupar el cargo de gerente operativo, y como tal brindaba asesorías, consultorías e interventorías en proyectos de infraestructura.
Adicionalmente asesoraba en asuntos prediales a varias sociedades concesionarias de obras con la ANI, tema que estuvo bajo su responsabilidad en esa entidad pública.
En su calidad de gerente operativo de Presoam, Chacón Hartmann habría asesorado en temas relacionados con su cargo en la ANI a las sociedades concesionarias Yuma Concesionaria S.A., Autopistas de Urabá S.A., Concesión Ruta al Mar S.A.S., Navelena Consorcio Constructor, Concesionaria San Rafael S.A., APP Gica S.A. y Concesionaria Alternativas Viales S.A.S.
Igualmente habría incurrido, aparentemente, en la prohibición de brindar asesoría en asuntos sobre los que tuvo conocimiento directo y concreto en el ejercicio de sus funciones, restricción que es permanente para los exfuncionarios públicos.
La Procuraduría advirtió que adicionalmente Chacón Hartmann violó el Estatuto Anticorrupción porque se incorporó a la empresa privada a los tres meses de su desvinculación de la ANI para cumplir funciones, aparentemente, relacionadas con el cargo que ocupó en esa entidad pública, cuando ello solo podía hacer a los dos años de su retiro, de acuerdo con el artículo 3, Ley 1474 de 2001 para estos casos.
Para la Procuraduría Chacón Hartmann vulneró el principio de la moralidad en la función administrativa, debido a que en su condición de exgerente de Proyectos de la ANI estaba aún obligado a respetar las leyes y no incurrir en la prohibición establecida en el Estatuto Anticorrupción, con el agravante de que utilizó, aparentemente, su conocimiento e información previa en beneficio de intereses particulares.
Por esos hechos el Ministerio Público calificó la presunta conducta del exfuncionario como una falta grave cometida a título de dolo.