Duque prorroga prohibición del porte de armas en Colombia, con excepciones
–El presidente Iván Duque oficializó este miércoles la expedición del decreto por medio del cual prorroga durante el año 2019 la prohibición del porte de armas en el país, aunque con algunas excepciones.
Así lo confirmó el jefe del Estado en su cuenta en Twitter:
He firmado el Decreto 2362 que mantiene suspendidos los permisos para el porte de armas en el territorio nacional, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019. El derecho a autorizaciones especiales se mantiene. El monopolio de las armas debe estar en manos del Estado.
— Iván Duque (@IvanDuque) 26 de diciembre de 2018
El Decreto 2362 promulgado por el primer mandatario en su primer artículo precisa:
“Artículo 1. Las autoridades militares de que trata el artículo 32 del Decreto-ley 2535 de 1993, en concordancia con el artículo 10 de la Ley 1119 de 2006, adoptarán las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas en todo el territorio nacional, desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2019, sin perjuicio de las autorizaciones especiales y de las excepciones correspondientes que durante estas fechas expidan las mismas, por razones de urgencia o seguridad de los titulares”.
En su parte motiva, el Decreto señala que de acuerdo con estadísticas de homicidios y lesiones personales facilitadas por la Policía Nacional, “entre los años 2013 y 2018, en el tiempo de vigencia de las medidas para la suspensión general de los permisos para el porte de armas en el periodo comprendido entre los años 2016 al 2018, existe una tendencia decreciente de los índices de homicidios y lesiones ocasionadas por armas de fuego, lo cual coadyuva a garantizar los derechos y libertades fundamentales, seguridad ciudadana y el orden público”.
También indica que la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional consideró oportuno “adoptar medidas para la suspensión general de permisos para el porte de armas de fuego en el territorio nacional, como mecanismo de respuesta inmediata y efectiva que permite contrarrestar y reducir la probabilidad de ocurrencia de delitos y comportamientos contrarios a la conveniencia a nivel nacional”.
En otro de los considerandos recuerda que “en la Sentencia C-296 de 1995, la Corte Constitucional estudió una demanda, en la que se cuestionaba un artículo (el artículo 1° de la Ley 61 de 1993) y el Decreto ley 2535 de 1993, por crear un monopolio en cuanto al control de las armas en cabeza del Estado.
En la demanda, agrega, se consideraba que tal posición implicaba que los ciudadanos de bien no tuvieran la posibilidad para poderse defender. La Corte consideró en aquella ocasión que entre el control de las armas y la protección de los derechos y las libertades constitucionales, en especial, la vida y la integridad personal, existe una clara relación. Así planteo la cuestión: ‘(…) según las estadísticas existentes, es posible sostener que el porte de armas promueve la violencia, agrava las consecuencias de los enfrentamientos sociales e introduce un factor de desigualdad en las relaciones entre particulares que no pocas veces es utilizado para fortalecer poderes económicos, políticos o sociales. Por eso los permisos para el porte de armas sólo pueden tener lugar en casos excepcionales. Esto es, cuando se hayan descartado todas las demás posibilidades de defensa legítima que el ordenamiento jurídico contempla para los ciudadanos´”.
Y, por último, explica que la competencia del Gobierno nacional para suspender de manera general el porte de armas fue ratificada por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-867 de 2010.
Sobre la medida, el ministro de Defensa Guillermo Botero señaló, en su cuenta en Twitter:
Presidente @IvanDuque firmó el Decreto 2362 para mantener el monopolio de las armas en manos de la #FuerzaPública. Por tanto, se mantiene suspendido el porte de armas hasta el 31 de diciembre de 2019. Excepciones serán reglamentadas en directriz que se publicará en próximos días.
— Guillermo Botero (@GuillermoBotero) December 26, 2018
Además Botero señala que el Decreto 2362 de 2018, sobre porte de armas, dispone que su despacho “imparta directrices para la expedición de autorizaciones especiales de porte de armas” y en consecuencia anuncia que “se evaluarán condiciones particulares de cada solicitud”.
.@mindefensa está trabajando en reglamentación para evaluación de autorizaciones especiales para porte de armas que dispone Decreto 2362 de 2018. Este regirá desde 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2019.
— Guillermo Botero (@GuillermoBotero) December 26, 2018
La prórroga por un año más de la prohibición del porte de armas en Colombia la había anticipado el presidente del Senado Ernesto Macías, quien, en su cuenta en twitter, advirtió que habrá permiso especial para ciudadanos que así lo requieran y cumplan los requisitos.
Celebro que el presidente @IvanDuque haya prorrogado el decreto que prohibe el porte de armas en el país. Habrá permiso especial para ciudadanos que así lo requieran y cumplan requisitos.
— Ernesto Macías Tovar (@ernestomaciast) 25 de diciembre de 2018
El expresidente y senador Alvaro Uribe también dio cuenta de la expedición del decreto de prórroga a través de su cuenta en Twitter publicando el texto, así:
La última prórroga de la prohibición del porte de armas en el territorio colombiano la decreto el 30 de diciembre de 2017 el presidente Juan Manuel Santos.
“He firmado el decreto que prorroga por un año más la prohibición para portar armas, medida que ha contribuido de forma importante a la disminución de los índices de violencia”, afirmó entonces Juan Manuel Santos.
“El decreto no aplica para quienes posean permisos especiales y ni sobre las excepciones por razones de urgencia o seguridad de los titulares”, agregó.
A su turno, el entonces ministro de Defensa Luis Carlos Villegas, aseguró que la tasa de homicidios del país en 2017 había sido de 24 muertes violentas por cada 100.000 habitantes, la más baja de las últimas 3 décadas.